For or against gender equality?: Evaluating the post-Cold War "rule of law" reforms in Sub-Saharan Africa
In: Occasional paper 7
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Antes que entrar a hacer una intervención de fondo en los debates que deben producirse ante la radicación en el Congreso de la Republica de Proyectos de Ley de reforma de la Ley 23 de 1981 o Ley de Ética Médica, (Proyecto 104/2019 Cámara) es bueno recordar la historia y los orígenes de la construcción y promulgación de la Ley 23 de 1981 en Colombia, que sigue siendo ejemplo para todos los países ibero-latinoamericanos desde entonces. La Ley 23 de 1981 constituyó uno de los más importantes logros alcanzados en los últimos 40 años en nuestro país, en la defensa del ejercicio ético de la Medicina en Colombia; su aprobación en el Congreso Nacional fue el fruto de un proceso conjunto de estudio prolongado, entre el Ministerio de Salud, la Academia Nacional de Medicina y la Federación Médica Colombiana, iniciado en 1978. Pero en nuestro país las primeras normas sobre ética médica se expiden en 1954: Decreto 2381 del 23 de septiembre de 1954, con el apoyo de la Asociación Nacional de Médicos Católicos Colombianos, el cual fue llamado "Código de Moral Médica"; sus normas se redactaron teniendo como base el Código Internacional de Ética Médica adoptado en la Tercera Asamblea de la Asociación Médica Mundial. La Ley 14 de 1962, sobre el ejercicio de la medicina, le introduce algunas modificaciones con respecto a la competencia en materia de sanciones. Se refiere a la suspensión temporal y definitiva en el ejercicio profesional que se le atribuye al Consejo Nacional de Profesiones Médicas y Auxiliares, dependiente del entonces llamado Ministerio de Salud Pública. En aquella, como en esta época (la historia se repite), se comenzaron a sentir procedimientos y normas extraños a nuestro medio, dejando sentir un influjo negativo entre médicos y pacientes; la Federación Médica Colombiana solicitó al gobierno su intervención, a fin de evitar que los médicos resultaran siendo víctimas del oportunismo de gente y entidades mal intencionadas que frente a un ejercicio médico, no regulado desde el punto de vista ético, podrían colocar al médico honesto y responsable en estado de indefensión.Por otro lado, en la Asamblea Internacional de Colegios Médicos que se realizó en Paracas, Perú en octubre de 1977, la Federación Médica Colombiana había asumido el compromiso de estructurar sus propias normas en nuestro país en materia de Ética Médica, como un pilar importante para consolidar un Código de Ética Médica Latinoamericano. Colombia cumplió su compromiso pero, desafortunadamente no pasó lo mismo en los otros países; hay que hacer notar que el único país de la Península Ibérica, Latinoamérica o el Caribe que tiene un código de Ética Médica vigente es Colombia, el cual es un conjunto de normas destinadas a proteger el ejercicio médico responsable, correcto y honesto, a la vez que garantiza a la sociedad el cumplimiento de los principios sobre los cuales descansa una adecuada relación médico-paciente, regula las relaciones del médico con las instituciones, la sociedad y el estado y se aclaran conceptos en relación con la historia clínica, el secreto profesional, la responsabilidad médica y su ejercicio enmarcado por la función social que implica el desarrollo ´profesional que desde entonces ha tenido vigencia en la conciencia y en la conducta de los médicos colombianos. Un efecto importante de esa legislación fue la creación de los Tribunales de Ética Medica y el establecimiento de un régimen disciplinario, el cual es único entre los países latinoamericanos y que debe entenderse como un mecanismo indispensable para la eficaz aplicación de la Ley y como un efectivo mecanismo de autorregulación de la profesión médica que debe ser ejercida por parte de pares idóneos. La Corte Suprema de Justicia al declarar exequible la Ley 23 de 1981, expresó: … "Un estatuto regulador de la Ética en el ejercicio profesional de la Medicina sin un régimen disciplinario y unos órganos de control que lo apliquen seria puramente teórico"…. El ejercicio de este régimen disciplinario quedó reforzado con la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria en Salud) la cual establece en el artículo 17:" Se garantiza la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y el tratamiento de los pacientes que tiene a su cargo. Esta autonomía será ejercida en el marco de esquemas de autorregulación, la ética…… (subrayado fuera del texto original), como base fundamental para la garantía del ejercicio de la Autonomía Medica. En 1981 se expide la Ley 23 consagratoria de nuestro actual Código de Ética Médica, pero no fue ni de lejos, una tarea improvisada sino una prologada labor de estudio y análisis que incluyó básicamente los antecedentes de 14 países en tan importante campo y el examen de las más relevantes posiciones de distintas Asambleas de la Asociación Médica Mundial. Esa ley nació del esfuerzo y los aportes de la Academia Nacional de Medicina, de las Sociedades Científicas y la Federación Médica Colombiana y, dentro del ejercicio de la democracia, hubo participación de Asmedas que, con argumentos de tipo sindical, se opuso a la elaboración final de la ley. No es la primera vez que se presenta un Proyecto de Ley que intenta introducir reformas a la Ley de Ética Médica, algunas buscando introducir artículos que, como se dice ahora "modulen" los fines de la mercantilización de la medicina, que han podido frenarse en muchísimas de sus discusiones, audiencias en el Congreso de la Republica, Foros y Asambleas Nacionales en las cuales ha habido partición de las asociaciones médicas nacionales. El llamado que se debe hacer en este momento, antes de entrar a analizar puntualmente artículos o conceptos de cada proyecto es. a todas las Instituciones Gremiales médicas, a todas las entidades en las que participen los médicos (Facultades de Medicina, Tribunales de Ética Médica, asociaciones de pre y posgrado, etc.) para reconstituir o volver a reunir la que se llamó Gran Junta Médica Nacional, autora del Proyecto que se convirtió en Ley Estatutaria de Salud, la cual es uno de los adelantos más significativos que puede registrar la Seguridad Social en los últimos cien años de historia colombiana, con lo cual quedó demostrado que si se puede avanzar construyendo una UNIDAD DE ACCIÓN, respetando el pensamiento de todos los colegas, respetando la autonomía de las entidades médicas, solo decir que lo fundamental es lograr consensos en los que nos une. La construcción de un estatuto regulador de la Ética en el ejercicio profesional de la Medicina es una tarea de los médicos, por los médicos y para los médicos y en defensa de la dignidad de nuestra profesión. Debemos ser protagonistas de nuestro propio futuro, una vez hayamos construido el nuevo estado de cosas ético, disciplinario, autorregulador de nuestra profesión, se debe realizar un debate a nivel nacional con todas las fuerzas vivas de la nación y lograr así una legislación que respete el ejercicio medico libre e hipocrático y el pleno derecho a la salud para todos los colombianos.
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In opinion of the author, the in force General Law of Societies of Peru contains a legal regulation of advanced, being a juridical norm "constructed for Peru". Nevertheless, still mistakes stay for correcting, be afraid for completing and question for regulating. In this one very interesting work they propose diverse topics that they should be analyzed again in order improved the regulation of the Corporate Peruvian Law, which no doubt will use as modal to the compared legislation. ; En opinión del autor, la vigente Ley General de Sociedades del Perú contiene una regulación legal de avanzada, siendo una norma jurídica construida para el Perú. Sin embargo, aún quedan errores por corregir, temas por completar y cuestiones por regular. En este muy interesante trabajo se proponen diversos temas que deberían ser nuevamente analizados a fin de mejorar la regulación del derecho societario peruano, lo cual sin lugar a dudas servirá de referente a la legislación comparada.
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For the paper the Law as to Land Use and Town and Country Planning Act of 12 May 1956 was a legal event of the first magnitude that at one go endowed Spain with that complete urbanistic system which, albeit with the two reforms that it underwent, she still enjoys in its general outlines to this day. A study is made of the period from the passing of this first law on through to approving of its first reforming in the Act of 2 May 1975. The accommodating of its new institutions as within the body of urbanistic knowledge and those problems that it gave rise to and which led to its first reforming undertaken in 1972 and approved in the law of 1975 just before the nation's great political upheaval are likewise examined. While the Law of 1956 was still on the books, government pushed ahead with a major policy of setting up industrial and housing estates which were out of keeping with its overall doctrine. Though the Law of 1975 is here considered to be a major legal event though lacking the ground breaking importance of its predecessor, it is felt that it had a greater overall impact. The paper concludes by arguing their new concept of land ownership, of a rationalized overall planning and its all-embracing management to have been these Laws principal contributions when all is said and done. ; La Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 12 de mayo de 1956 fue un acontecimiento jurídico de primera magnitud que introdujo en España, en bloque, un sistema urbanístico completo que, con las dos reformas que luego hubo de sufrir, se mantiene hasta hoy en sus líneas generales. En este trabajo se estudian el proceso recorrido desde entonces hasta la reforma aprobada por la Ley de 2 de mayo de 1975, la incorporación al conocimiento urbanístico de las nuevas instituciones y los problemas que su aplicación puso de manifiesto, que explican la reforma cuyos trabajos se iniciaron en el año 1972 hasta culminar con la aprobación de la Ley en 1975, vísperas del gran cambio político. Durante la vigencia de la Ley del Suelo de 1956 el Estado desarrolló una importante política de creación de polígonos residenciales e industriales con notables excepciones al régimen general. La reforma de 1975 fue otro magno acontecimiento, sin la importancia innovadora de la Ley anterior pero con mayor repercusión. La nueva concepción del derecho de propiedad, la racionalidad del planeamiento general y la gestión integrada son, probablemente, y en síntesis, las aportaciones más importantes de las dos leyes.
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El convenio colectivo es un instrumento de autotutela cuya finalidad es canalizar el conflicto social, mediante el fomento de un diálogo continuado entre trabajadores y empresarios en condiciones de igualdad. A pesar de que tanto el derecho a la negociación colectiva como la fuerza vinculante del convenio colectivo han sido consagrados a nivel constitucional, su desenvolvimiento, en la práctica, depende en gran medida del marco legal ordinario vigente. La reforma laboral de 2012 instauró modificaciones significativas en el modelo de negociación colectiva de nuestro país. Entre ellas, cabe destacar la posibilidad de modificar unilateralmente las disposiciones contenidas en un convenio colectivo extraestatutario, el "descuelgue" del convenio co-lectivo estatutario y la prioridad aplicativa del convenio de empresa sobre el de sector. Este estudio tiene por finalidad analizar el impacto que estas modificaciones legislativas han tenido en la práctica laboral y valorar si la configuración actual del marco legal que regula la autonomía colectiva permite al convenio colectivo, como fuente del Derecho del trabajo, salvaguardar los valores constitucionales que le han sido encomendados. ; Collective agreements channel social conflict by encouraging the establishment of an ongoing dialogue between employees and employers. Although both the right to collective labour bargaining and the enforceability of collective agreements are enshrined in the Spanish constitution, the way these principles operate in practice depends to a great extent on the current ordinary legal framework. The 2012 labour reform brought about significant changes in the Spanish collective bargaining system. It recognised the unilateral faculty of the employer to modify collective agreements of limited scope, the possibility to set aside certain terms of universally applicable collective agreements and the unavoidable preeminence of company collective agreements over sectoral collective agreements. This study not only does purport to analyse the impact of the aforementioned legal reform but also attempts to elucidate whether the current statutory framework does allow collective agreements to safeguard the constitutional values these legal institutions have been entrusted with.
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Collective agreements channel social conflict by encouraging the establishment of an ongoing dialogue between employees and employers. Although both the right to collective labour bargaining and the enforceability of collective agreements are enshrined in the Spanish constitution, the way these principles operate in practice depends to a great extent on the current ordinary legal framework. The 2012 labour reform brought about significant changes in the Spanish collective bargaining system. It recognised the unilateral faculty of the employer to modify collective agreements of limited scope, the possibility to set aside certain terms of universally applicable collective agreements and the unavoidable preeminence of company collective agreements over sectoral collective agreements. This study not only does purport to analyse the impact of the aforementioned legal reform but also attempts to elucidate whether the current statutory framework does allow collective agreements to safeguard the constitutional values these legal institutions have been entrusted with. ; El convenio colectivo es un instrumento de autotutela cuya finalidad es canalizar el conflicto social, mediante el fomento de un diálogo continuado entre trabajadores y empresarios en condiciones de igualdad. A pesar de que tanto el derecho a la negociación colectiva como la fuerza vinculante del convenio colectivo han sido consagrados a nivel constitucional, su desenvolvimiento, en la práctica, depende en gran medida del marco legal ordinario vigente. La reforma laboral de 2012 instauró modificaciones significativas en el modelo de negociación colectiva de nuestro país. Entre ellas, cabe destacar la posibilidad de modificar unilateralmente las disposiciones contenidas en un convenio colectivo extraestatutario, el "descuelgue" del convenio colectivo estatutario y la prioridad aplicativa del convenio de empresa sobre el de sector. Este estudio tiene por finalidad analizar el impacto que estas modificaciones legislativas han tenido en la práctica laboral y valorar si la configuración actual del marco legal que regula la autonomía colectiva permite al convenio colectivo, como fuente del Derecho del trabajo, salvaguardar los valores constitucionales que le han sido encomendados.
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The persistent trend to continuously pass criminal law reforms started shortly after coming into force thenew Spanish penal code in 1995. This paper aims to assess the numerous legal reforms implemented throughout the four completed legislative terms which have elapsed since then. The Popular party enjoyed parliamentary majority during the two former ones, whereas the Socialist party did the same through the two latter ones. Taking as reference the contrasting values punitiveness and non-punitiveness, it is intended to evaluate quantitatively as well as qualitatively the character of the reforms of the period, and their evolution through the two political phases. ; La persistente tendencia a realizar incesantes reformas penales comenzó poco tiempo después de la entrada en vigor del nuevo código penal español de 1995. El presente estudio tiene como objeto la evaluación de las numerosas reformas legales que han tenido lugar en las cuatro legislaturas completas que han transcurrido desde la entrada en vigor del código hasta la actualidad. En las dos primeras tuvo mayoría parlamentaria el Partido popular, mientras que en las otras dos la tuvo el Partido socialista. Tomando como referencia el contraste entre rigorismo y moderación punitivos, se pretende evaluar en términos cuantitativos y cualitativos la naturaleza de esas reformas, así como su evolución en los dos periodos políticos.
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The persistent trend to continuously pass criminal law reforms started shortly after coming into force thenew Spanish penal code in 1995. This paper aims to assess the numerous legal reforms implemented throughout the four completed legislative terms which have elapsed since then. The Popular party enjoyed parliamentary majority during the two former ones, whereas the Socialist party did the same through the two latter ones. Taking as reference the contrasting values punitiveness and non-punitiveness, it is intended to evaluate quantitatively as well as qualitatively the character of the reforms of the period, and their evolution through the two political phases. ; La persistente tendencia a realizar incesantes reformas penales comenzó poco tiempo después de la entrada en vigor del nuevo código penal español de 1995. El presente estudio tiene como objeto la evaluación de las numerosas reformas legales que han tenido lugar en las cuatro legislaturas completas que han transcurrido desde la entrada en vigor del código hasta la actualidad. En las dos primeras tuvo mayoría parlamentaria el Partido popular, mientras que en las otras dos la tuvo el Partido socialista. Tomando como referencia el contraste entre rigorismo y moderación punitivos, se pretende evaluar en términos cuantitativos y cualitativos la naturaleza de esas reformas, así como su evolución en los dos periodos políticos.
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This article seeks to present a brief history of the legal position of women within the field of Family Law. From this standpoint, the limitation of women's autonomy compared to that of men, as established in our previous legislation, can clearly be observed. Moreover, marriage also produced a series of restrictions for women who opted for this choice, as they passed from parental authority to marital submission. It should be noted that the problems arising from the different legal position of women compared to that of men, are so different and diverse in each of the legal situations in which they occurred, that they exceed the scope of this paper. In any case, a small bibliographic reference is included with regard to this subject. ; La pretensión del presente artículo ha consistido en reflejar una somera evolución de la posición jurídica de la mujer en el ámbito del Derecho de Familia. Desde esta perspectiva puede observarse la limitación de la autonomía de la mujer en relación con el varón que nuestra anterior legislación establecía. En cualquier caso, el matrimonio también producía una serie de restricciones en la mujer que decidiera esta opción, puesto que pasaba de la autoridad paterna a la sumisión marital. Debe advertirse que la problemática planteada como consecuencia de la distinta posición jurídica de la mujer respecto al varón resulta tan diferente y diversa en cada uno de los ámbitos en los que se producía, que excede de las pretensiones del presente trabajo. En cualquier caso, se realiza una pequeña remisión bibliográfica en este aspecto.
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La pretensión del presente artículo ha consistido en reflejar una somera evolución de la posición jurídica de la mujer en el ámbito del Derecho de Familia. Desde esta perspectiva puede observarse la limitación de la autonomía de la mujer en relación con el varón que nuestra anterior legislación establecía. En cualquier caso, el matrimonio también producía una serie de restricciones en la mujer que decidiera esta opción, puesto que pasaba de la autoridad paterna a la sumisión marital. Debe advertirse que la problemática planteada como consecuencia de la distinta posición jurídica de la mujer respecto al varón resulta tan diferente y diversa en cada uno de los ámbitos en los que se producía, que excede de las pretensiones del presente trabajo. En cualquier caso, se realiza una pequeña remisión bibliográfica en este aspecto. ; This article seeks to present a brief history of the legal position of women within the field of Family Law. From this standpoint, the limitation of women's autonomy compared to that of men, as established in our previous legislation, can clearly be observed. Moreover, marriage also produced a series of restrictions for women who opted for this choice, as they passed from parental authority to marital submission. It should be noted that the problems arising from the different legal position of women compared to that of men, are so different and diverse in each of the legal situations in which they occurred, that they exceed the scope of this paper. In any case, a small bibliographic reference is included with regard to this subject.
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Two decades after the applauded reunification of labour crimes that came about as a result of the modification carried out in 1995, it has been partially «demolished». Criminal labour law was created with the purpose of guaranteeing an extra protection for self-employed as the weak party in the employment relationship established with the employer. However, this discipline has been subject to a process of adulteration through the assumption of tangential interests when not opposed to its true basis. This contribution serves to denounce this worrying practice and offer the inflationist legislator some kind of political-criminal recipe with which to combat the irrationality that afflicts him. ; Dos décadas después de la aplaudida reunificación de los delitos laborales en la modificación operada en 1995, se ha procedido a su parcial demolición. El Derecho penal del trabajo nació con la finalidad de garantizar un plus de protección a los empleados por cuenta ajena en tanto parte débil de la relación laboral establecida con el empresario. Sin embargo, esta disciplina ha sido objeto de un proceso de adulteración mediante la asunción de unos intereses tangenciales cuando no opuestos a su auténtico fundamento. Sirva esta contribución para denunciar este preocupante proceder y ofrecer al inflacionista legislador alguna receta político-criminal con la que combatir la irracionalidad que le aqueja. Two decades after the applauded reunification of labor crimes that came about as a result of the modification carried out in 1995, it has been partially «demolished». Criminal labour law was created with the purpose of guaranteeing an extra protection for self-employed as the weak party in the employment relationship established with the employer. However, this discipline has been subject to a process of adulteration through the assumption of tangential interests when not opposed to its true basis. This contribution serves to denounce this worrying practice and offer the inflationist legislator some kind of political-criminal récipe with which to combat the irrationality that afflicts him.
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The territorial organizing of the Spanish State born of the Constitution of 1978 is here seen to have established a radical change on the issue of urbanistic competencies which by it were transferred lock stock and bottle to the new Regional Autonomous Governments and this even before said changes had been fully institutionalized as within the text of the Constitution in itself. These changes in competencies came in at the same time as the finalizing of the process begun by the first great Land Use Law reform of 1956 ad coincided with the passing of its major Rulings as to further development. From this period onwards, legal decisions with a bearing on urbanism could own to a double source, either the State as such which kept important (though questioned) powers for itself or an Autonomous Government. The paper tracks legislative development through the periods beginning with the approving of the Constitution, giving special attention to the second reforming of the Land Use Law by State Act 8/90. In so doing it lays out the problems encountered in drawing it up and the guiding principles that inspired its wording. To close the paper, some considerations are made upon the "second generation" of autonomic legislation passed subsequent to the reform of the State and the difficult moments that Spanish urbanistic legislation is undergoing is also commented upon. ; La organización territorial del Estado español introducida por la Constitución de 1978 supuso un cambio radical en la atribución de las competencias en materia de urbanismo, que se transfirieron en bloquea las nuevas Autoridades Regionales, incluso antes de su institucionalización formal en el texto constitucional. Estas modificaciones competenciales coincidieron con la culminación de la primera gran reforma de la Ley del Suelo de 1956, mediante la aprobación de sus más importantes Reglamentos de desarrollo. A partir de ese momento, la producción de normas jurídicas con incidencia en el urbanismo tuvo una doble fuente: el propio Estado, que retenía importantes (aunque discutidas) competencias y las Comunidades Autónomas. El trabajo da cuenta de la evolución legislativa durante el período que se inicia con la promulgación de la Constitución, centrándose en la segunda reforma de la Ley del Suelo, mediante la Ley estatal 8/90, explicando las vicisitudes de elaboración y los criterios sustantivos que inspiraron su redacción. Finalmente, se hace una referencia a la segunda «generación», de leyes autonómicas aprobadas tras la reforma estatal y a la difícil encrucijada en que se encuentra actualmente el derecho urbanístico español.
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The present study aims to identify the influence of the parliamentary groups on draft criminal laws. To that end, focusing on the criminal law reform in 2010, we have proceeded to review the amendments for draft criminal law submitted by the parliamentary groups in the Congress, and how these amendments are articulated in the approved definition of the law. The results obtained clearly show that there is a greater influence in the negotiation of the draft law, exercised by the parliamentary majority represented in the Government against a weak counterweight of parliamentary groups which exercise a political opposition in the Congress. ; El presente estudio tiene como objeto conocer la influencia que ejercen los grupos parlamentarios en los proyectos de ley de naturaleza penal. A tal fin, centrándonos en la reforma penal del año 2010, se ha atendido a las enmiendas presentadas al proyecto de ley por los grupos parlamentarios en el Congreso delos Diputados y a la plasmación de las mismas en el articulado tras la aprobación definitiva de la ley. Los resultados obtenidos ponen de manifiesto una mayor influencia en la tramitación del proyecto de ley de lamayoría parlamentaria representada en el Gobierno frente a un débil contrapeso de los grupos parlamentarios que ejercen la oposición en el Congreso.
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The reform of land relations has been a crucial issue in Russia for centuries. Today, Russian legislators are faced with such problems as ensuring rational use and effective protection of agricultural land, conducting land surveys, introducing land plots into civil circulation, conserving natural resources, and regulating state and municipal land acquisition mechanisms. After 2014, the first steps in dealing with these issues were taken through the consistent adoption of federal laws that introduced significant changes to the Russian Federation Land Code. More new laws followed, ushering in what is considered to be a new stage in the development of land relations.The aim of this article is to analyze the adopted legal norms in the field of land relations, and to evaluate the effectiveness of their application. The methodologies employed in the study were general scientific, private, and special methods of inquiry. The general scientific dialectical method made it possible to explore the current state of Russian legislation regulating various aspects of land relations, to identify the essence of the modern land reform, to consider various approaches to the study of this issue, and to demonstrate the sequence and consistency of changes in current Russian Federation land legislation. Formal logic was applied to analyze the reforms of particular land legislation institutions at the present stage, to consider the content of specific legal norms, and to identify their defects. Comparative and formal legal methods were used to establish the correlation of various legal norms. A comparative analysis of judicial practice was performed in some cases to explore and summarize the results of law enforcement activities. This allowed the authors to draw relevant conclusions aimed at improving Russian legislation that regulates various aspects of land relations. The research goal was achieved by using a wide range of methods applied in their combination.The relevance of the article is connected with the fact that when Russian land legislation is reformed, but there are no precedents of applying these amendments, it has a negative effect on the social, investment and productive climate of the country. Based on the research findings, the authors concluded that the adopted innovations in the field of land relations require additional interpretation.To ensure stability and consistency in reforming land relations, it is necessary to create a "Strategy for the development of land legislation", which would provide minimal protection from rash changes in land legislation.
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In: Cuestiones Políticas, Band 39, Heft 69, S. 707-716
ISSN: 2542-3185
The objective of the study is to analyze the rule of law in the context of the implementation of reforms of the judiciary, the judiciary, and related legal institutions as a direction to ensure the accessibility of administrative justice in Ukraine, revealing its relationship and interdependence. The study found that the availability of administrative procedures is provided by the requirements of all these generic subsystems of the principles that determine modern standards of activity in European countries. The methodology includes a comprehensive analysis and generalization of the available scientific and theoretical material, as well as the formulation of relevant conclusions. During the research, scientific cognition methods were used: terminological, logical-semantic, functional, system-structural, logical-normative, comparative. They highlight in the conclusions that the study found that the amendments to the Constitution of Ukraine in the context of judicial reform made it possible to revise the classical principles of the judiciary, but there are still important unresolved aspects to ensure full compliance with the rule of law, its specification in the constitutional provisions and legislative acts of Ukraine of substantive and procedural content, among other aspects.