Sucesión internacional y reenvío
In: Estudios de Deusto, Band 55, Heft 2, S. 59
Abstract
Las recientes sentencias de los tribunales españoles en materia sucesoria han vuelto a cuestionar el papel del reenvío en dicho contexto. Una norma tan parca como el art. 12.2 Cc. ha sido objeto de un desarrollo judicial de alta calidad que ha llevado a cabo el Tribunal Supremo. En dicha línea, el reenvío confirma que puede ser empleado para potenciar la mejor localización de las sucesiones en los casos internacionales. En este trabajo se proporciona una visión sobre el reenvío en materia sucesoria que concilia las aparentemente contradictorias sentencias del Tribunal Supremo en la materia y que pone de relieve los aciertos y errores de la jurisprudencia de las Audiencias en torno a la cuestión. El debate sobre la intensidad con la que el reenvío puede y/o debe ser empleado está más abierto que nunca. Dicha situación no sólo no es perniciosa, sino que es saludable. En DIPr. las ideas fluyen, se intercambian, evolucionan. El dogmatismo no tiene sitio en el mundo de los conflictos de Leyes.
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