Control de Convencionalidad
In: Ciencia jurídica: CJ, Band 5, Heft 9, S. 133-138
ISSN: 2007-6142
Control de Convencionalidad
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In: Ciencia jurídica: CJ, Band 5, Heft 9, S. 133-138
ISSN: 2007-6142
Control de Convencionalidad
Intro; PORTADILLA; CRÉDITOS; ABREVIATURAS; PRÓLOGO; INTRODUCCIÓN; I. EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD; Noción y clases de control de convencionalidad; Noción; Clases; Evolución jurisprudencial del control de convencionalidad interno; Almonacid Arellano vs. Chile, 2006; Trabajadores Cesados del Congresovs. Perú, 2006; La Cantuta vs. Perú, 2006; Boyce y otros vs. Barbados, 2007; Heliodoro Portugal vs. Panamá, 2008; Radilla Pacheco vs. México, 2009; Manuel Cepeda Vargas vs. Colombia, 2010; Comunidad indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay, 2010; Fernández Ortega y otros vs. México, 2010.
Con el final de la Segunda Guerra Mundial en 1945, se inició el desarrollo y consolidación de una nueva rama del Derecho Internacional : el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Esta disciplina jurídica fue una respuesta a las astrocidades vividas durante la época, producto de las politicas xenofobas e inhumanas practicas por el Partido Nacionalsocialista de Alemania (el partido nazi) contra el pueblo judío, en su afan de purificacion de la raza aria.(Tomado de la fuente)
In: Derecho y democracia 14
In: Investigaciones jurídicas y político electorales
In: Estudios de Deusto, Band 65, Heft 1, S. 347
ISSN: 2386-9062
En el presente trabajo hacemos un estudio comparativo del control difuso de convencionalidad en América Latina y el incipiente control concentrado de convencionalidad que, con la aprobación de los protocolos 15 y 16, está intentando establecerse en el ámbito del sistema de protección de Derechos Humanos europeo. Sostenemos, en concreto, la tesis de que el control difuso es posible en los países europeos, y en concreto en España, y que el juez ordinario debe realizar un triple o cuádruple estudio de la ley antes de su aplicación.
"El presente artículo es un estudio sobre la implicancia jurídica que tiene el control de convencionalidad en la justicia constitucional nicaragüense; se aborda el surgimiento de esta nueva figura en el derecho latinoamericano y su posterior repercusión en la aplicación del derecho interno en los países suscriptores de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Así como el alcance que ha tenido en la justicia constitucional nicaragüense, su base legal, sus efectos y las repercusiones en el derecho interno nicaragüense." / " The present article is a study on the legal implication that has the control of conventionality in the Nicaraguan constitutional justice; the emergence of this new figure in Latin American law and its subsequent repercussion in the application of domestic law in the countries that subscribe to the American Convention on Human Rights. As well as the scope it has had in Nicaraguan constitutional justice, its legal basis, its effects and the repercussions in Nicaraguan domestic law."
BASE
In: Ciências sociais aplicadas em revista, Band 24, Heft 44, S. 93-119
ISSN: 1982-3037
O artigo, por meio do método indutivo e de pesquisas bibliográficas e documentais, busca identificar os direitos fundamentais das vítimas, examinar o fenômeno da vitimização e analisar o controle de convencionalidade como um meio para efetivar tais direitos, a partir da análise das normativas existentes e dos erros e omissões do Brasil, expressamente reconhecidos nas condenações da Corte IDH. As pesquisas apontaram que com as atrocidades da 2ª Guerra Mundial iniciou-se a busca pelo reconhecimento dos direitos das vítimas, com a criação de normas internacionais descrevendo-lhes diversos direitos. Contudo, mesmo tendo previsão normativa, na prática, estes direitos não são efetivados pelo Estado Brasileiro e encontra-se muito aquém do desejável pelo Sistema Americano de proteção dos direitos humanos. Assim, as pesquisas apontam o exercício do controle de convencionalidade, pelas autoridades e órgãos competentes, como um caminho rápido e eficaz para a efetivação dos direitos fundamentais das vítimas no ordenamento jurídico brasileiro.
In: Revista Brasileira de Políticas Públicas: Brazilian journal of public policy, Band 11, Heft 2
ISSN: 2236-1677
A criação dos Sistemas Internacionais de Proteção dos Direitos Humanos trouxe como consequência a elaboração de tratados de direitos humanos e de tribunais internacionais responsáveis pela análise de denúncias contra os Estados. Através da análise de tais denúncias os tribunais internacionais muitas vezes verificam a compatibilidade das normas domésticas com as normas internacionais, atividade usualmente denominada de controle de convencionalidade. Por isso, podemos afirmar que os tribunais internacionais desempenham um papel fundamental na realização do controle de convencionalidade, razão pela qual, o presente artigo buscou discutir, através de revisão bibliográfica e levantamento de precedentes, especificamente a atuação da Corte Interamericana de Direitos Humanos e as suas consequências. O artigo conclui que a referida Corte vem contribuindo de forma decisiva em matéria de proteção dos direitos humanos com a temática do controle de convencionalidade, influenciando sobremaneira a atuação e interpretação das cortes supremas ou constitucionais dos Estados-Membros do Pacto de São José da Costa Rica que se submetem à sua jurisdição, bem como os respectivos ordenamentos jurídicos e políticas públicas nacionais de uma forma geral.
In: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/3879
El presente trabajo de investigación, tiene como objetivo determinar que es en realidad El control de Convencionalidad como institución y doctrina, siendo la teoría que comprende la aplicación directa de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y de las resoluciones emanadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, comprendiendo estas resoluciones las sentencias, opiniones consultivas e interpretaciones en casos que le han llegado a su conocimiento, por sus facultades jurisdiccional de ¿ultima instancia¿ y última interprete de la convención americana, criterios que debe ser aplicada directamente por cada uno de los Estados Firmantes de la convención. Además, nos permitirá comprender, que por el simple hecho que un Estado firmante y ratificante de un tratado, en virtud del principio pacta sunt servanda, como es en este caso la Convención Americana de Derechos Humanos , toda sus estructuras y competencias, sean estos el Poder Ejecutivo, legislativo, Judicial, y los entes de fiscalización y control, deben aplicar sus actos, resoluciones y sentencias conforme a la convención, a fin de evitar que el Estado, como tal, sea sujeto de acciones judiciales en sede internacional o supranacionales, ante la Comisión o Corte Interamericana de Derechos Humanos, por parte del ciudadano o colectivos que le han sido violentado sus derechos fundamentales o derechos humanos, en ejercicio de poder Estatal. El control de convencionalidad, deja a tras la tesis de la inviolabilidad de la soberanía absoluta de cada Estado, en beneficio del más débil, el hombre, con lo cual per se, el Estado se somete a la resoluciones del Tribunal o Corte Interamericana de Derechos Humanos, aunque este Estado no haya sido parte procesal (efecto inter partes o inter pares). Permitirá determinar, si el control de convencionalidad que por su naturaleza, y en virtud de los parámetros determinados por la CTDH., (que determina que es un control directo y ex ¿ office), se contrapone o no, con el control concentrado de constitucionalidad, que existen en ciertos países que han adoptado esta características de control de constitucionalidad, como el caso Ecuatoriano, podremos establecer si el control difuso de convencionalidad( teoría que obliga a los jueces ordinario ejercer el control directo de la convención y resoluciones de la CIDH), es aplicable , en los casos de los jueces domésticos ordinarios, en usos de sus competencias, no pueden inhabilitar para el caso en concreto una norma que está en contra de la convención, porque constitucionalmente le está vedado, el juez ordinario, debe proceder como sucede con las normas inconstitucionales, de suspender el trámite y enviarlo a la Corte Constitucional para que declare la inconstitucionalidad de la norma inferior, y en caso de norma in-convencionales declararlas así.
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Resumen El control de convencionalidad programado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha asumido nuevas posturas. De un control judicial puramente represivo de inaplicación de normas nacionales contrarias al Pacto de San José de Costa Rica y a la jurisprudencia de la Corte Interamericana, ha pasado a crear un control "constructivo" de convencionalidad, a fin de adaptar las reglas nacionales al referido Pacto y jurisprudencia de la Corte Interamericana. Además, el control de convencionalidad debe ser realizado por todos los órganos del Estado, como el Poder Legislativo, y especialmente los más vinculados con la administración de justicia.
BASE
In: Revista debates: revista de ciências sociais, Band 8, Heft 3, S. 35
ISSN: 1982-5269
A proteção dos direitos humanos no México sofreu, de jure, uma evolução importante nos últimos anos, dada uma nova interpretação judicial da Suprema Corte de Justiça que permitiu o uso do controle de convencionalidade, isto é, permitiu que juízes federais e estaduais verifiquem a conformidade das leis nacionais com o que estabelece a Convenção Interamericana de Direitos Humanos. Até que ponto os atores nacionais estão protegendo os direitos humanos utilizando este novo instrumento legal? Neste artigo exploro quem e como se está usando o controle de convencionalidade no México. Usando o software N-VIVO revisei as sentenças conclusas proferidas pelos tribunais de nível intermediários em três estados mexicanos. Os resultados permitiram observar que o controle de convencionalidade é uma ferramenta muito útil, especialmente, para os defensores que aparecem nas sentenças reivindicando o cumprimento dos compromissos que o México adquiriu ao ratificar a Convenção.
In: Anuario de Derechos Humanos, Band 16, Heft 1, S. 39
ISSN: 0718-2279
El presente artículo busca clarificar y explicar la institución jurídica del control de convencionalidad que aplica para Colombia, con fundamento en el artículo 93 de la Constitución de 1991, y cómo el progreso de la normativa interamericana ha calado hondo en la jurisprudencia tanto del Consejo de Estado como dentro de la Corte Constitucional, que en sus fallos la han venido aplicando en procura de una nueva concepción de Estado convencionalmente cumplido y responsable de acuerdo con los lineamientos de la CIDH y la Corte IDH. El trabajo parte de la pregunta: ¿cómo se aplica el control de convencionalidad dentro de la responsabilidad del Estado colombiano? Para lo cual se acudirá a autores en el tema, además de un uso de la jurisprudencia tanto de la Corte IDH como del Consejo de Estado y la Corte Constitucional de Colombia. El objetivo es analizar la aplicación y uso del control de convencionalidad en la responsabilidad del Estado colombiano.