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La Unión Europea ante la Corte Penal Internacional
La creación de la Corte Penal Internacional (CPI) y su puesta en marcha a partir del 1 de julio de 2002 ' parece, en principio, una cuestión ajena a los ámbitos competenciales comunitarios y de la Unión Europea. Entre otras cosas porque, aunque la Comunidad Europea constituya una comunidad de derecho, las materias penales siguen formando parte del núcleo principal de las competencias estatales y se está, simplemente, en el estadio de inicio de la cooperación en material penal entre-los Estados miembros. Sucede, sin embargo, que tanto en su dimensión de política exterior como en su dimensión de cooperación policial y judicial en materia penal ha ido generándose una cierta implicación de la Unión Europea en el establecimiento de la CPI. De tal manera, que la Unión Europea y sus Estados miembros han adoptado una posición decidida a favor de la existencia de la CPI y la han trasladado a términos jurídicos, en una aproximación abierta a las bases jurídicas de los Tratados, tanto por lo que respecta a la política exterior y de seguridad común (I) como por lo que respecta al tercer pilar de cooperación policial y judicial en materia penal (II).
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Las proyecciones de la Unión Europea ; The projections of the European Union
El representante de la Unión Europea en nuestro país nos describe la estructura y el funcionamiento de las instituciones comunitarias y la proyección de la Unión Europea hacia el exterior. Haciendo especial referencia a los nuevos desafíos que se le presentan a los países latinoamericanos, en particular a las relaciones entre la U.E y el Mercosur. Finalmente se detallan, en un anexo, las relaciones institucionales con Argentina. ; The European Union delegate in our country describes the structure and functioning of community institutions and EU projections abroad. He also makes reference to the new challenges to Latin-American countries, as regards, in particular, the EU-Mercosur relations. He finally describes in detail, over an annex, the institutional relations with Argentina. ; Dossier: MERCOSUR ; Instituto de Relaciones Internacionales
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La tutela cautelar contencioso-administrativa : una perspectiva comparada : los ordenamientos español, francés y alemán en el contexto del derecho administrativo europeo
Defence date: 8 November 2003 ; Examining Board: Prof. Eduardo García de Enterría (Universidad Complutense, Madrid) ; Prof. Karl-Heinz Ladeur (Universidad de Hamburgo/Instituto Universitario Europeo, Florencia) ; Prof. Luis Martín Rebollo, Director externo (Universidad de Cantabria) ; Prof. Jacques Ziller, Director (Instituto Universitario Europeo, Florencia) ; First made available online 21 May 2018
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Analysis of European Union agriculture using Malmquist and intertemporal DEA ; Análisis Malmquist y DEA intertemporal de las agriculturas de la Unión Europea
[EN] This paper compares two non-parametric programming techniques for the measurement of total factor productivity using panel data: Malmquist indices and an intertemporal-DEA model that allows the calculation of technology and efficiency levels bounds, assuming non-regressive technical change. Both methodologies are applied to the analysis of agricultural productivity in the European Union countries, and several important divergences between models are found. The results suggest lower productivity increases in agriculture than those found in recent literature, with different country ranking concerning productivity growth. ; [ES] En este trabajo se realiza un análisis comparado de dos métodos no paramétricos de medida de productividad total de los factores con datos de panel basados en programación: índices de Malmquist y un modelo DEA intertemporal que permite acotar las medidas de eficiencia y progreso técnico, suponiendo cambio técnico no regresivo. La aplicación se realiza sobre las agriculturas de los países de la Unión Europea, encontrándose algunas diferencias importantes entre ambos enfoques. Los resultados sugieren menor crecimiento de productividad agraria y, sobre todo, una ordenación distinta de países en relación con dichos crecimientos que los encontrados en otros trabajos. ; Aldaz, N.; Millán, JA. (2003). Analysis of European Union agriculture using Malmquist and intertemporal DEA. Economía Agraria y Recursos Naturales - Agricultural and Resource Economics. 3(6):45-64. doi:10.7201/earn.2003.06.03 ; SWORD ; 45 ; 64 ; 3 ; 6
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The globalization of information in the countries of the European Union ; La globalización de la información en los países de la Unión Europea ; Globalização da informação nos países da União Europeia
We consider globalization as the most important and defining phenomenon of our contemporary society. The concept that a purely economic perspective refers to the internationalization of markets, is characterized by a number of factors including the elimination of borders in the areas of finance and trade, free movement of capital, services and people as well as interaction among countries and regions of the world through new communication infrastructures.The globalization of society has required infrastructure to uphold it. The ability to access and have the information from anywhere in the world, as well as easy to share and distribute not have been possible without the creation and development of new technologies of information and communication technologies (ICTs), such that globalization is a phenomenon completely tied to what has been called-SocietyInformation. ; Podemos considerar la Globalización como el fenómeno más relevante y definitorio de nuestra sociedad contemporánea. El concepto que desde una perspectiva exclusivamente económica alude a la internacionalización de los mercados, se caracteriza por una serie de factores como la eliminación de fronteras en los ámbitos financieros y comerciales, la libre circulación de capitales, servicios y personas, así como interacción entre países y regiones del mundo a través de las nuevas infraestructuras de comunicación. El proceso de globalización de la sociedad ha precisado de una infraestructura que lo sustentase. La posibilidad de acceder y disponer de la información desde cualquier parte del planeta, así como la facilidad para compartirla y distribuirla no hubiera sido posible sin la creación y desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), de tal manera que la globalización es un fenómeno totalmente ligado a lo que se ha venido denominando "Sociedad de laInformación". ; Podemos considerar a Globalização como o fenómeno mais relevante e definidor da nossa sociedade contemporânea. O conceito que, numa perspectiva exclusivamente económica, alude à internacionalização dos mercados, caracteriza-se por uma série de factores como a eliminação de fronteiras nas esferas financeira e comercial, a livre circulação de capitais, serviços e pessoas, bem como a interacção entre países e regiões do mundo através das novas infra-estruturas de comunicação. O processo de globalização da sociedade exigiu uma infra-estrutura para a apoiar. A possibilidade de aceder e dispor da informação de qualquer parte do planeta, bem como a facilidade de a partilhar e distribuir, não teria sido possível sem a criação e o desenvolvimento de novas tecnologias da informação e da comunicação (TIC), de tal modo que a globalização é um fenómeno totalmente ligado àquilo a que se chamou a "Sociedade da Informação".
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Aproximación del derecho civil en Europa: marco comunitario y competencias de la Comunidad Europea
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Ponencia que trata de la competencia para la aproximación de legislaciones nacionales, de los límites derivados del ámbito de aplicación, de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y del alcance de la doctrina de los poderes implícitos ; Ponència que tracta de la competència per a l'aproximació de legislacions nacionals, dels límits derivats de l'àmbit d'aplicació, dels principis de subsidiarietat i proporcionalitat i de l'abast de la doctrina dels poders implícits
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Reforma de los códigos y derecho europeo
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Tengo la impresión de que en el espíritu de los organizadores de esta Jornadas se encontraba la idea de que esta intervención propuesta por ellos se titulara algo así como el reto que para los reformadores de los Códigos y, especialmente, para los de nuestro Código civil, representan los últimos textos en que por el momento se ha querido anticipar una unificación del Derecho Europeo de Contratos. Aceptaré, de inmediato, la idea del reto y lo tomaré como un reto para mi mismo
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Aproximación del derecho civil en Europa: marco comunitario y competencias de la Comunidad Europea
Ponencia que trata de la competencia para la aproximación de legislaciones nacionales, de los límites derivados del ámbito de aplicación, de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y del alcance de la doctrina de los poderes implícitos
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Aproximación del derecho civil en Europa: marco comunitario y competencias de la Comunidad Europea
Ponencia que trata de la competencia para la aproximación de legislaciones nacionales, de los límites derivados del ámbito de aplicación, de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y del alcance de la doctrina de los poderes implícitos
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Reforma de los códigos y derecho europeo
Tengo la impresión de que en el espíritu de los organizadores de esta Jornadas se encontraba la idea de que esta intervención propuesta por ellos se titulara algo así como el reto que para los reformadores de los Códigos y, especialmente, para los de nuestro Código civil, representan los últimos textos en que por el momento se ha querido anticipar una unificación del Derecho Europeo de Contratos. Aceptaré, de inmediato, la idea del reto y lo tomaré como un reto para mi mismo
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Reforma de los códigos y derecho europeo
Tengo la impresión de que en el espíritu de los organizadores de esta Jornadas se encontraba la idea de que esta intervención propuesta por ellos se titulara algo así como el reto que para los reformadores de los Códigos y, especialmente, para los de nuestro Código civil, representan los últimos textos en que por el momento se ha querido anticipar una unificación del Derecho Europeo de Contratos. Aceptaré, de inmediato, la idea del reto y lo tomaré como un reto para mi mismo
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