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La Unión Europea ante la Corte Penal Internacional
La creación de la Corte Penal Internacional (CPI) y su puesta en marcha a partir del 1 de julio de 2002 ' parece, en principio, una cuestión ajena a los ámbitos competenciales comunitarios y de la Unión Europea. Entre otras cosas porque, aunque la Comunidad Europea constituya una comunidad de derecho, las materias penales siguen formando parte del núcleo principal de las competencias estatales y se está, simplemente, en el estadio de inicio de la cooperación en material penal entre-los Estados miembros. Sucede, sin embargo, que tanto en su dimensión de política exterior como en su dimensión de cooperación policial y judicial en materia penal ha ido generándose una cierta implicación de la Unión Europea en el establecimiento de la CPI. De tal manera, que la Unión Europea y sus Estados miembros han adoptado una posición decidida a favor de la existencia de la CPI y la han trasladado a términos jurídicos, en una aproximación abierta a las bases jurídicas de los Tratados, tanto por lo que respecta a la política exterior y de seguridad común (I) como por lo que respecta al tercer pilar de cooperación policial y judicial en materia penal (II).
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Efectos de la unión cambiaria sobre los diferenciales de rentabilidad de la unión europea-15
El efecto inmediato de la instauración de la Unión Monetaria Europea (UME), fue un aumento en los diferenciales de rentabilidad ajustados por el riesgo de cambio de la deuda pública frente a Alemania para aquellos países que se integraron en la moneda única. Contrariamente, para aquellos países que optaron por permanecer fura de la misma de forma inmediata se produce una disminución en los citados diferenciales de rentabilidad ajustados. El objetivo del presente trabajo es analizar cuáles pueden ser los motives que subyacen a este fenómeno. La evidencia empírica sugiere que la relevancia de la liquidez y de las economías de escala ligadas al tamaño del mercado han aumentado con la UME en todos los países de la EU-15.
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La tutela cautelar contencioso-administrativa : una perspectiva comparada : los ordenamientos español, francés y alemán en el contexto del derecho administrativo europeo
Defence date: 8 November 2003 ; Examining Board: Prof. Eduardo García de Enterría (Universidad Complutense, Madrid) ; Prof. Karl-Heinz Ladeur (Universidad de Hamburgo/Instituto Universitario Europeo, Florencia) ; Prof. Luis Martín Rebollo, Director externo (Universidad de Cantabria) ; Prof. Jacques Ziller, Director (Instituto Universitario Europeo, Florencia) ; First made available online 21 May 2018
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Las proyecciones de la Unión Europea ; The projections of the European Union
El representante de la Unión Europea en nuestro país nos describe la estructura y el funcionamiento de las instituciones comunitarias y la proyección de la Unión Europea hacia el exterior. Haciendo especial referencia a los nuevos desafíos que se le presentan a los países latinoamericanos, en particular a las relaciones entre la U.E y el Mercosur. Finalmente se detallan, en un anexo, las relaciones institucionales con Argentina. ; The European Union delegate in our country describes the structure and functioning of community institutions and EU projections abroad. He also makes reference to the new challenges to Latin-American countries, as regards, in particular, the EU-Mercosur relations. He finally describes in detail, over an annex, the institutional relations with Argentina. ; Dossier: MERCOSUR ; Instituto de Relaciones Internacionales
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Analysis of European Union agriculture using Malmquist and intertemporal DEA ; Análisis Malmquist y DEA intertemporal de las agriculturas de la Unión Europea
[EN] This paper compares two non-parametric programming techniques for the measurement of total factor productivity using panel data: Malmquist indices and an intertemporal-DEA model that allows the calculation of technology and efficiency levels bounds, assuming non-regressive technical change. Both methodologies are applied to the analysis of agricultural productivity in the European Union countries, and several important divergences between models are found. The results suggest lower productivity increases in agriculture than those found in recent literature, with different country ranking concerning productivity growth. ; [ES] En este trabajo se realiza un análisis comparado de dos métodos no paramétricos de medida de productividad total de los factores con datos de panel basados en programación: índices de Malmquist y un modelo DEA intertemporal que permite acotar las medidas de eficiencia y progreso técnico, suponiendo cambio técnico no regresivo. La aplicación se realiza sobre las agriculturas de los países de la Unión Europea, encontrándose algunas diferencias importantes entre ambos enfoques. Los resultados sugieren menor crecimiento de productividad agraria y, sobre todo, una ordenación distinta de países en relación con dichos crecimientos que los encontrados en otros trabajos. ; Aldaz, N.; Millán, JA. (2003). Analysis of European Union agriculture using Malmquist and intertemporal DEA. Economía Agraria y Recursos Naturales - Agricultural and Resource Economics. 3(6):45-64. doi:10.7201/earn.2003.06.03 ; SWORD ; 45 ; 64 ; 3 ; 6
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Drugs in the European Union: the health-market complex
OBJECTIVES: To characterize the peculiar economic nature of the pharmaceutical market in the EU, to study potential groupings of countries based on several pharmaceutical variables, to analyze some recent regulations designed to create the single market, and to present some thoughts on the decision making process in public health from the perspective of current public health budgets. METHOD: We performed an economic analysis of health and pharmaceutical macrovariables, cluster analysis, review of EU pharmaceutical and industrial regulations and review of pharmaceutical budgeting legislation in the member states. RESULTS: The pharmaceutical market of the EU was characterized and EU countries were classified into two principal groups according to 5 selected variables. EU regulations tend to promote R + D and drug production and thus the EU industrial sector is backed up. National regulations differ in terms of pricing and drugs reimbursement. CONCLUSIONS: The creation of a single market for drugs in the EU should take this regulatory diversity into account and seek equilibrium between economic factors and public health. This single market may be a dangerous strategy if it becomes a general dogma and even more so if deadlines are fixed and short.
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The expansion of the European Union ; La ampliación de la Unión Europea
In its 50 years of existence, the EU has managed to transform «enlargement» in one of its most important political achievements. The so called «Big Bang» of Copenhagen, (2002) increased its membership to 25 followed in 2007 by another two former communist States, event that has had a powerful historical and political impact, putting an end to the artificial division of Europe. The building up of the «Great Europe» has been a long process of successive enlargements which more than once has led to differences in the forces coexisting inside the European Union: those who prefer «consolidation» and those that opt for «expansion». However, both processes developed side by side, resulting in significant changes in the institutional and financial architecture of the Union. Institutional adjustments are still being developed in the recently adopted Lisbon Treaty. Enlargement has brought about serious challenges for the European Union, such as how to cope with the «Euro scepticism» of its citizens. In this context, ones of the most difficult one is the admission of Turkey. ; En sus 50 años de existencia, la Unión Europea ha convertido el tema de la ampliación en uno de sus mayores éxitos políticos. El llamado «Big Bang de Copenhague» (2002), que aumentó la membresía de la Unión a 25 miembros, seguida en 2007 por la incorporación de otros dos, ha tenido un enorme significado político e histórico ya que puso término a la artificial división de Europa. La construcción de la actual «Gran Europa» ha sido fruto de un largo proceso de ampliaciones sucesivas, que más de un vez han provocado diferencias entre las corrientes que cohabitan al interior de la Unión Europea. Unas prefieren la «consolidación» y otras abogan por la «expansión». En definitiva, ambos procesos se desarrollaron de manera convergente dando lugar a importantes cambios institucionales y financieros en la arquitectura de la Unión. Los ajustes institucionales aún están en pleno proceso de desarrollo con el nuevo Tratado de Lisboa, cuyas bases se aprobaron ...
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Legal nature of the european union ; Sobre la naturaleza jurídica de la Unión Europea
Europe attends an event of indescriptible connotation, even in importance by the antecedents solely that have given rise to the greater process of economic and political integration of all the times. The raised debate, enriched by the same essence that has nourished the great intellectual revolutions, will have to approach as far as the form and matter of a Europe constituted in Union, to the doors of a potential epistemologic rupture, that on approval put the categorización capacities that political scientists and jurists will have to formulate, or in defect to create, to define in terminology of international and constitutional right the phenomenon of a possible constitucionalización and consequent DESINTERNATIONALIZATION (as far as relations intra- members it talks about) of the European Union. ; Europa asiste a un acontecimiento de indescriptible connotación, igualado en trascendencia únicamente por los antecedentes que han dado lugar al mayor proceso de integración económica y política de todos los tiempos.El debate planteado, enriquecido por la misma esencia que ha nutrido las grandes revoluciones intelectuales, habrá de abordarse en cuanto a la forma y materia de una Europa constituida en Unión1, a las puertas de una potencial ruptura epistemológica, que pone a prueba las capacidades de categorización que científicos políticos y juristas deberán formular, o en defecto crear, para definir en terminología de derecho internacional y constitucional el fenómeno de una posible constitucionalización y consecuente des-internacionalización (en cuanto a relaciones intra miembros se refiere) de la Unión Europea.
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Representación indirecta y 'undisclosed agency': su convergencia. La 'Convention on agency in the International sale of goods' y los 'principles of European contract law'
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Tradicionalmente se ha hablado de una diferencia entre los sistemas de Common Law y los de Derecho Continental a la hora de establecer los efectos de la actuación del representante en determinados supuestos. En concreto, se suelen contraponer la teoría de la undisclosed agency, propia de los sistemas del Common law, y la de la representación indirecta, propia de los sistemas continentales. Esta división se ha intentado superar en los Principles of European Contract Law (PECL); la regulación de los supuestos que los PECL agrupan bajo la denominación de "representación indirecta" puede considerarse, en efecto, una síntesis del régimen propio de los sistemas continentales, por una parte, y del existente en los sistemas de Common Law, por otra. Dicha aproximación tiene como antecedente la Convention on agency in the international sale of goods, (Ginebra, 17 de febrero de 1983) que ya intentó en su momento acercar los principios de la representación indirecta y los de la undisclosed agency en el ámbito concreto de la compraventa internacional de mercaderías. Por esta razón, aunque hayan sido escasas las ratificaciones que ha recibido dicha Convención, parece importante el estudio de algunas de sus disposiciones, a través del debate que se originó entorno a las mismas antes de su aprobación definitiva. La finalidad de la presente comunicación consiste en determinar, mediante el análisis de las propuestas y observaciones de los representantes de los distintos países participantes en la Conferencia, de qué modo se llevó a cabo la aproximación entre los sistemas continentales y el Common Law en este punto concreto
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Aproximación del derecho civil en Europa: marco comunitario y competencias de la Comunidad Europea
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Ponencia que trata de la competencia para la aproximación de legislaciones nacionales, de los límites derivados del ámbito de aplicación, de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y del alcance de la doctrina de los poderes implícitos ; Ponència que tracta de la competència per a l'aproximació de legislacions nacionals, dels límits derivats de l'àmbit d'aplicació, dels principis de subsidiarietat i proporcionalitat i de l'abast de la doctrina dels poders implícits
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Reforma de los códigos y derecho europeo
Comunicació presentada en les XII Jornades de Dret Català, celebrades a Tossa de Mar (Girona), els dies 26 i 27 de setembre de 2002 ; Tengo la impresión de que en el espíritu de los organizadores de esta Jornadas se encontraba la idea de que esta intervención propuesta por ellos se titulara algo así como el reto que para los reformadores de los Códigos y, especialmente, para los de nuestro Código civil, representan los últimos textos en que por el momento se ha querido anticipar una unificación del Derecho Europeo de Contratos. Aceptaré, de inmediato, la idea del reto y lo tomaré como un reto para mi mismo
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Aproximación del derecho civil en Europa: marco comunitario y competencias de la Comunidad Europea
Ponencia que trata de la competencia para la aproximación de legislaciones nacionales, de los límites derivados del ámbito de aplicación, de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y del alcance de la doctrina de los poderes implícitos
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