Este artículo incide en la importancia de relacionar cuestiones de género y tierras, transversalmente, con otros aspectos políticos, sociales y económicos, tales como las transformaciones en los mercados de tierras y recursos naturales o el empleo, la salud o la participación política y las transformaciones en la agricultura, así como la inseguridad alimentaria. Los derechos femeninos de acceso a la tierra están transformándose en países con Uganda o Mozambique con repercusiones muy relevantes para las mujeres africanas. ; Women's access, control and ownership of land and productive resources in Africa intersect with other problems such as discriminatory inheritance patterns, agricultural production, the appropriation and privatization of communal and indigenous lands and other natural resources, as well as gendered control over economic resources and the right to work. This inter-sectionality highlights the need for governments to secure women's rights to access, control and own land/natural and productive resources, in order to lessen the threat of discrimination, and other violations of their economic and human rights. ; Oficina de Acción Solidaria y Cooperación; Universidad Autónoma de Madrid
La caída del régimen de Mobutu Sese Seko (1965-1997) no sólo implicó la ocupación del territorio congolés por parte movimientos rebeldes apoyados por los gobiernos de Rwanda y Uganda, sino que introdujo a la República Democrática del Congo en un sistema de criminalización internacional del Estado. Este último esquema permitió el establecimiento de una red nacional/internacional de beneficios recíprocamente desiguales, lo cuales fueron usufructuados tanto por las empresas transnacionales involucradas en el tráfico de minerales de tercera generación y por los señores de la guerra (warlords) que fungieron como empresarios de la inseguridad para, posteriormente, convertirse en políticos "profesionales". De igual forma, ciertas franjas de la sociedad congolesa, se beneficiaron desigualmente al recuperar para sí mismas funciones estatales en una fórmula de Estado en la sociedad condicionada por el contexto de la economía de guerra que prevaleció desde la caída del mobutismo hasta los años tempranos de la década del 2000. ; Mobutu Sese Seko regime's (1965-1997) fall not only included the Congolese territory occupation from rebel movements supported by the Rwanda and Uganda governments, but it also introduced the Democratic Congo Republic to an international state criminalization system. This last scheme permitted the establishment of a national/international reciprocal, uneven benefit network, that became usufruct by the transnational enterprises involved in third generation mineral traffic as well as the warlords who acted as insecurity businessmen in order to become, subsequently, "professional" politicians. Certain stripes of Congolese society received unequal benefits when they recuperated the same state duties under a State motion under a war economy society determined, as well; system that prevailed from Mobutu's fall to the early years of the 2000 decade.
A study was done in Kampala District, Central Uganda, to document the timber species and timbermanagement practices used in furniture workshops. A check list was used to document the commontimber species, their grades, moisture contents and related timber management practices in furnitureworkshops. Results showed that Albizia coriaria, Markhamia lutea and Chrysophyllum albidum werethe most common species while Khaya spp, Milicia excelsa and Olea spp were the least used speciesin the furniture workshops. Sixty nine percent of the furniture workshops lacked timber storage sheds,whereas only 3% had the recommended timber stacks. Majority (95%) of the carpenters in the furnitureworkshops did not season timber and hence the moisture content of the timber ranged from 31% to35%. Forty nine percent of the workshops exposed their finished products to environmental and weatherdeterioration. The commonest type of wood waste was planer shavings which were not utilised effectively.Since 97% of carpenters did not grade timber, the quality of their products was inherently poor. Thestudy concluded that several lesser known timber species were used for making furniture amidst verypoor timber management. The study recommends that the government of Uganda through its policyimplementingarms should create awareness programmes to carpenters on efficient timber managementpractices. Further research on physical, processing and strength properties of the documented speciesshould be undertaken so as to improve their utilisation.
A grande densidade de população faz da região dos Grandes Lagos um lugar com tendência a processos de centralização política. Neste artigo vamos descrever a evolução dos reinos pré-coloniais em expansão durante o século XIX através da sua experiência colonial e pós-colonial no Uganda. Argumentaremos que a progressiva instauração do Estado colonial no Uganda pressupôs a consolidação de uma tendência para a exclusão política como forma habitual de manutenção do poder, o que conduziu no Uganda pós-colonial a uma crescente espiral de violência. Neste processo as instituições políticas ficaram subordinadas ao exército. ; The Great Lakes region, as a very densely populated region, has seen the development of some centralization process affecting its bigger kingdoms, which were in militar expansion during the 19th century. In this article we will focus on the colonial and postcolonial experience of these kingdoms inside Uganda. We will point out that the establishment of the colonial state supposed strengthen a bias to political exclusion as a way to keep power. This way of ruling sowed the seeds of the increasing political violence and civil wars experienced in postcolonial Uganda. In this process the state political institutions became subordinated to the army.
Introduction: There are differets ways to design a Curriculum for Master of Science in Physiology to train postgraduate students. Objective: to design a Curriculum for Master of Science in Physiology to train postgraduate students in Mbarara University of Science and Technology (MUST) of Uganda. Methods: MUST was founded in 1989 and its Academic programmes are intended to be tailored towards the Government effort of solving Uganda's economic problems by producing the skilled manpower in all relevant areas. There are 7 Degree programmes and 12 Master's Degree Programmes, one of which was Physiology. The Department of Physiology was a pioneer in the Faculty of Medicine and had been training postgraduate students for some time without a proper curriculum. New regulations and guidelines together with the development of science and teaching demanded to generate a new Curriculum for Master in Physiology in order to resume the training at MUST according to the current needs and standards. During one year and under the guidance of the Curriculum Committee Faculty of Medicine, different steps were followed to come up with a product able to satisfy the requirements. Accomplished tasks included: identification of mandatory courses based on the need of a physiologist with knowledge in all areas to be able to train undergraduates through Physiology with research and teaching skills; a large search of curricula followed by several universities in Uganda and abroad; several meetings, discussions, workshops to review contents, objectives, skills and the overall structure according to the guidelines, and review after submissions. Results: The curriculum was designed, presented, reviewed at the different established levels and approved to resume the training of postgraduate students in the area of Physiology by the Department of Physiology, Faculty of Medicine, MUST. The first group of postgraduates started their training following this curriculum in August 2016.Conclusions: As a result of the request by the Dean, Faculty of ...
La tasa de urbanización de África se ha incrementado constantemente a lo largo de las tres últimas décadas, y se reporta que es más veloz que en cualquiera otra región del mundo. Se estima que, para el año 2030, más de la mitad de la población africana estará viviendo en áreas urbanas. Pero todavía no se analiza críticamente la naturaleza de la urbanización africana y las posibles formas de las ciudades, en el contexto del grado de preparación de las autoridades de dichas ciudades para enfrentar los desafíos. La evidencia también sugiere que la urbanización está asociada de manera cada vez más estrecha con el alto crecimiento económico que se ha registrado en las últimas dos décadas. Hay varios impulsores, tanto subyacentes como próximos, responsables del proceso; éstos incluyen la dinámica demográfica, el crecimiento económico, la designación legislativa, el incremento de la densidad en centros rurales, y que mega ciudades como Lagos, El Cairo y Kinshasa se están extendiendo hasta formar conurbados. Con las oportunidades de urbanización en África Subsahariana, surgen también los desafíos para el desarrollo y administración de estas ciudades. Estos desafíos incluyen la provisión de servicios sociales, el desarrollo económico sustentable, el desarrollo de vivienda, la gobernanza urbana, la orientación del desarrollo en el espacio y el manejo ambiental, la adaptación y mitigación ante el cambio climático y la reducción del riesgo de desastres. El desafío exige enfrentar los déficits de desarrollo e infraestructura, además de medidas para adaptarse al cambio climático y tratar de mitigar sus efectos. Este trabajo examina el estado actual de la administración urbana en África.
In this article, the author deals with the question; What should be Uganda's response following the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD)'s2 Base Erosion and Profit Shifting (BEPS) on Action 6 (Prevent treaty abuse), Action 7(Prevent artificial avoidance) of the Permanent Establishment (PE) Status and Action 15 (Development of Multilateral Instruments (mli) to modify Bilateral Tax Treaty. In answering this question, this article considers; Uganda's existing tax treaties, lessons drawn from BEPs Action 6, What a Permanent Establishment (PE) means, The existing avoidance strategies of a PE, lessons drawn from BEPS Action 7, should Uganda sign or not sign the Multilateral Instruments (mli). The OECD released a report on G20 Base Erosion and Profit Shifting (BEPS) which comprises of 15 Action Plans to address Base Erosion and Profit Shifting3. All the 15 Action Plans were set out to equip governments to domesticate international instruments in order to address tax avoidance while ensuring that profits are taxed where economic activities that generate profits are performed, and where value is created. All these BEPS 15 Action plans are broad in nature, and therefore, this article only deals with BEPS Actions 6, 7 and 154. ; En este artículo, el autor aborda la cuestión ¿Cuál debería ser la respuesta de Uganda después de la Erosión de Base y Cambio de Beneficios (BEPS) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en la Acción 6 (Prevenir el abuso de los tratados), Acción 7 (Prevenir la evitación artificial) del Establecimiento Permanente (pe), Estado y Acción 15 (Desarrollo de Instrumentos Multilaterales (mli) para modificar el Tratado Fiscal Bilateral? En respuesta a esta pregunta, este artículo considera los tratados tributarios existentes de Uganda, lecciones extraídas de la Acción 6 de BEPS, lo que significa un Establecimiento Permanente (pe), las estrategias de evitación existentes de una EP, lecciones extraídas de la Acción 7 de BEPS y, en ese sentido, si debe Uganda firmar o no los Instrumentos Multilaterales (mli). La OCDE publicó un informe sobre la erosión de la base del G20 y el cambio de ganancias (BEPS), que comprende 15 planes de acción para abordar la erosión de la base y el cambio de ganancias. Todos los 15 planes de acción se establecieron para equipar a los gobiernos para domesticar los instrumentos internacionales con el fin de abordar la evasión fiscal, al tiempo que se garantiza que los beneficios se gravan donde se realizan las actividades económicas que generan beneficios y donde se crea el valor. Todos estos planes de acción de BEPS 15 son amplios y, por lo tanto, este artículo solo trata sobre las acciones 6, 7 y 15 de BEPS.
El presente artículo se basa en una triangulación de los criterios neorrealista y neoliberal posmodernos para analizar la política exterior, junto con la pre-teoría de Rosenau y los modelos de toma de decisiones de Allison en materia de política exterior que utilizan el método de unidades de decisión, entre otros. Procura estimular la reflexión sobre las bases epistemológicas de los recientes cambios de paradigma de la política exterior de Uganda. Las teorías ayudan a conceptualizar temas y sucesos, creando estándares y estableciendo puntos de referencia para satisfacer el nuevo paradigma universalista de política exterior o responder a interrogantes académicas o prácticas. Se sostiene que en la política exterior del país se ha producido un cambio de paradigma hacia el internacionalismo que apunta a detener el disenso político y al surgimiento de retos socioeconómicos en el plano interno. ; This article is guided by a triangulation of neo-realist and neo-liberalist post-modernist approaches to the analysis of foreign policy coupled with Rosenau's pre-theory and Allison's models of foreign policy decision-making using the decision units approach, among others. It seeks to stimulate reflection on the epistemological underpinnings of the new paradigm shifts in Uganda's foreign policy in recent times. Theories will assist in epistemologically conceptualizing issues and events, creating and setting standards and benchmarking conditions for meeting the new universalistic foreign policy paradigm or in answering academic or/and practical questions. It is contended that there has been a significant paradigm shift towards internationalism in the country's foreign policy to ward off increasing political dissent and emerging socio-economic challenges in the domestic arena.
On December 19, 2005, the International Court of Justice (case on Armed activities in the territory of the Congo) condemned Uganda for the illegal exploitation of the Democratic Republic of the Congo's natural resources. Its conclusions were not as extensive as desirable, since although the Court affirmed the consuetudinary character of the principle of permanent sovereignty on natural resources, it finally decided on the basis of Humanitarian International Law. This article focuses on the Court reasoning and its reluctance to clarify and consolidate the principle. ; El 19 de diciembre de 2005 el Tribunal Internacional de Justicia (asunto sobre las actividades armadas en territorio del Congo) condenó a Uganda por la explotación ilegal de los recursos naturales de la República Democrática del Congo. Sus conclusiones no han sido todo lo extensas que hubiera sido deseable, pues aunque afirmó el carácter consuetudinario del principio de soberanía permanente sobre los recursos naturales, decidió refugiarse en las normas del Derecho Internacional Humanitario para dilucidar la cuestión. Este artículo se centra en el razonamiento del Tribunal al respecto y en su reticencia a dejar constancia clara del principio.
Los crímenes de lesa humanidad ocurridos en el marco de un conflicto armado, cuando no sean investigados por los Estados parte por su falta de voluntad o capacidad para perseguirlos, serán competencia de la CPI. Sin embargo, la intervención de la Corte en contextos de elaboración de procesos de paz, con ocasión de un conflicto armado, ha demostrado el interés selectivo e ineficiente de la CPI para prevenir la ocurrencia de los crímenes señalados. De tal suerte que desde una postura crítica de la criminología se evalúa la apertura de investigación hecha en Sudán, la República Democrática del Congo, Uganda y Costa de Marfil, develando los factores extrajurídicos: políticos, culturales, económicos y religiosos que influyeron en la decisión judicial. Dejando al descubierto la instrumentalización del derecho penal. Tal uso y la existencia de elementos extrajurídicos acordes a las dinámicas internacionales demuestran el porqué la justicia extraordinaria elaborada para la terminación del conflicto armado en Colombia es compatible con el derecho y la política internacional evitando la intervención directa de la jurisdicción penal internacional. ; In the context of the war if the crimes against humanity are not investigated by the national authorities for their lack of will or ability to prosecute them the ICC will get the jurisdiction. However, the intervention of the Court in middle of the elaboration of peace processes has demonstrated the selective and inefficient interest of the ICC to prevent it. From a critical approach of the criminology, the research evaluates the opening on investigation done in Sudan, the Democratic Republic of the Congo, Uganda and Cote d'Ivoire. It reveals the extra-legal factors: political, cultural, economic and religious that has influenced the judicial decision. It shows the instrumental use of criminal law. Such use and the existence of extrajudicial elements in line with international dynamics demonstrate why the extraordinary justice created for the termination of the armed conflict in Colombia is compatible with international criminal law and international policies avoiding direct intervention by the international criminal jurisdiction. ; Análisis criminológico sobre la intervención de la Corte Penal Internacional-CPI por Crímenes de Lesa Humanidad en escenarios de conflicto armad ; Línea de Investigación: Derecho Penal Internacional y Criminología Red Internacional de Política Criminal Extrema Ratio UN MinCiencias 2018 ; Doctorado
La Corte Penal Internacional (CPI) empezó a funcionar en el 2003, luego de la entrada en vigor del Estatuto de Roma el an?o inmediatamente anterior. Desde entonces, ha abordado la investigación de situaciones en cuatro Estados africanos: Por remisión de los propios gobiernos: Uganda (2004), por los actos de extrema violencia, reclutamiento de niñoos, esclavitud sexual, entre otros, cometidos por la guerrilla del Ejército de Resistencia del Sen?or (LRA). Repu?blica Democra?tica del Congo (2004), en relacio?n con las masacres a la poblacio?n civil y el empleo de la violencia sexual como arma de guerra en la regio?n de los Kivus. República Centroafricana (2005), por las masacres y graves violaciones sexuales que se cometieron en el 2002 y 2003. Por remisio?n del Consejo de Seguridad de la Organizacio?n de Naciones Unidas: Suda?n (2005), ante la evidencia de graves crímenes e incluso de genocidio ocurridos en la regio?n de Darfur.
En el presente trabajo intentaremos realizar un análisis de los planteamientos principales que aparecieron en la 10° Cumbre anual de los países del BRICS, un foro de cooperación internacional nacido al calor de la crisis financiera global de 2008. La misma se realizó entre el 25 y el 27 de julio de 2018 en la ciudad sudafricana de Johannesburgo, y tuvo como lema "Colaboración para el Crecimiento Inclusivo y la Prosperidad Compartida en la Cuarta Revolución Industrial". La Cumbre giró en torno a generar consensos sobre la necesidad de reestructuración de la arquitectura política, económica y financiera global, para que se convierta en un sistema más equitativo y balanceado, base del multilateralismo. A su vez, también realizaron una fuerte crítica a la guerra comercial y a las intervenciones militares unilaterales en países como Siria. Abordaremos también la participación del presidente argentino Mauricio Macri en la Cumbre, que fue invitado al espacio "BRICS Plus" junto a presidentes como el de Egipto, Jamaica, Turquía y al secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres. A su vez, también participaron diversos países africanos como Namibia, Senegal, Uganda y Angola. ; Mesa 9: Dinámica de la crisis global. Hacia una Geopolítica del siglo XXI. ; Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FAHCE)
En el presente trabajo intentaremos realizar un análisis de los planteamientos principales que aparecieron en la 10° Cumbre anual de los países del BRICS, un foro de cooperación internacional nacido al calor de la crisis financiera global de 2008. La misma se realizó entre el 25 y el 27 de julio de 2018 en la ciudad sudafricana de Johannesburgo, y tuvo como lema "Colaboración para el Crecimiento Inclusivo y la Prosperidad Compartida en la Cuarta Revolución Industrial". La Cumbre giró en torno a generar consensos sobre la necesidad de reestructuración de la arquitectura política, económica y financiera global, para que se convierta en un sistema más equitativo y balanceado, base del multilateralismo. A su vez, también realizaron una fuerte crítica a la guerra comercial y a las intervenciones militares unilaterales en países como Siria. Abordaremos también la participación del presidente argentino Mauricio Macri en la Cumbre, que fue invitado al espacio "BRICS Plus" junto a presidentes como el de Egipto, Jamaica, Turquía y al secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres. A su vez, también participaron diversos países africanos como Namibia, Senegal, Uganda y Angola. ; Fil: Schulz, Juan Sebastián. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.
Con el propósito fundamental de mejorar las condiciones profesionales de los periodistas que hacen cobertura de procesos electorales, la Federación Internacional de Periodistas (FIP) y CIESPAL ejecutaron en Ecuador, durante 1996, un proyecto piloto que servirá de base para apoyar futuros procesos electorales en América Latina. La autora de este artículo nos ofrece una sintética descripción del proyecto, así como su evaluación. En los procesos electorales, la libertad de expresión y de información constituye dos de los pilares fundamentales de una sociedad democrática. El pleno ejercicio de libertad de expresión permite que todos los sectores de la sociedad puedan debatir y buscar soluciones a los problemas sociales, económicos y políticos, a través de la consecución de un consenso social y de un intercambio de información esencial para la adopción de decisiones. En esta perspectiva, la FIP, con el auspicio de la Unión Europea, vio la necesidad de preparar a los periodistas y a los medios para cumplir, durante los períodos de elecciones, con su obligación de contribuir a la democracia. A base de una experiencia piloto realizada en Uganda y Tanzania, el proyecto para América Latina se ejecutó en Ecuador y Nicaragua, países que en 1996 realizaron sus elecciones generales. El proyecto, en el caso de Ecuador, contempló la realización de una serie de actividades tendientes a fortalecer la formación de comunicadores de medios que cubren los procesos electorales, cuya coordinación fue responsabilidad de CIESPAL.
The crime of aggression is one of the most serious acts committed by one State against another because it affects the right to self-determination and sovereignty of the State concerned, and by means of force, is it making major infractions against the international law and world peace. Now, the crimeof aggression has had slow development by the international community due to political and economic pressure exerted by influential countries as usa, Russia, China, England and France. These countries have cunningly established definitions and resolutions as in the 3314 un Resolution of 1974. The international community has repeatedly sought to provide a definition binding on states and individuals who commit this type of crime, besides the sanctions —impossible yet— for the commission of this international offense. However, only until the First Review Conference of States Parties to the Rome Statute of the International Criminal Court, held in Kampala, Uganda in 2010, achieved a historic-agreed-upon definition of the crime of aggression and the competence of his prosecution by the International Criminal Court, which is expected to enter into force after thirty States Parties ratify the amendment to Art. 8(1) bis of this Statute. The journey to get to this definition has not been easy or simple, first of all by the veto of the permanent members of the Security Council to see limited the still-questioned right to use force as is established in Chap. VII of the un Charter. Therefore, this work aims to develop the following question: Will the new definition of the crime of aggression affect the powers of the Security Council under Chapter VII of the un regarding the sanctions imposed to some States? ; El crimen de agresión constituye uno de los actos más graves cometidos por un Estado contra otro, en tanto afecta, en primer lugar el derecho a la autodeterminación y soberanía del respectivo Estado; en segundo término, al hacer uso de la fuerza se comete una de las mayores infracciones contra el derecho internacional y la paz mundial. El crimen de agresión ha tenido un lento desarrollo por parte de la comunidad internacional, debido a las presiones políticas y económicas que han ejercido países con capacidad de influencia mundial como Estados Unidos, Rusia, China, Inglaterra y Francia, que han establecido definiciones y resoluciones a su amaño, tal como la consagrada en la Resolución 3314 de la onu de 1974. La comunidad internacional ha buscado, de forma reiterada, establecer una definición vinculante para los Estados e individuos que cometen este tipo de crimen, además de su sanción por la comisión del ilícito internacional, lo que ha sido imposible. Sin embargo, solo hasta la Primera Conferencia de Revisión de los Estados Partes del Estatuto de Roma (en adelante, er) de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda, en el año 2010, se logró una histórica definición –consensuada por los Estados partes– sobre el crimen de agresión y la competencia en cabeza de la Corte Penal Internacional, que se espera entre en vigor después de que treinta Estados partes ratifiquen las enmiendas del Artículo 8(1)bis y del Artículo 15(3)bis del er. El recorrido para llegar a esta definición no ha sido fácil, ante todo por el poder de veto de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de ver limitado el tan cuestionado derecho al uso de la fuerza tal y como está consagrado en el capítulo VII de la Carta de la onu. Por tanto, este artículo pretende abordar las siguientes preguntas: ¿La nueva definición del crimen de agresión logrará un cambio en las decisiones unilaterales tomadas por los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, de acuerdo con el capítulo VII de la onu, en tanto a las sanciones impuestas a algunos Estados?