Sumario: I. Intento de justificar un título extraño. II. Obligación de medios y obligación de resultado. III. La doctrina del «resultado desproporcionado».
El autor, en este trabajo a modo de ensayo, pretende contemplar el Derecho desde la perspectiva de su principal «protagonista», es decir, el jurista. En concreto, lo hace a la luz de los tres elementos que envuelven su quehacer. De un lado, los hechos, esto es, la «historia» que rodea a todo problema jurídico, tanto en la práctica del Derecho como en la profesión académica del mismo. En segundo término, los conceptos, palabra con la que el autor ha querido resumir lo que habitualmente conocemos como la dogmática jurídica, esto es, la reflexión científica con la que el jurista «opera» para llegar a un desenlace. Y en tercer lugar, el desenlace mismo, que el autor denomina «soluciones». Se trata de un análisis que toma como puntos de mira la existencia y la experiencia que el jurista –todo jurista– vive. De ahí la alusión a las inquietudes que pueblan el mundo de quien desarrolla cualquier actividad profesional en Derecho.<br />
La relación entre Constitución y Derecho privado (o mejor, el impacto que la primera puede tener en el segundo) es una cuestión que siempre ha suscitado el interés de los juristas. Ese interés creció con la promulgación de las Constituciones alemana e italiana de la postguerra. Lo mismo ocurrió en España, a partir de la Constitución de 1978. El presente trabajo tiene por objeto examinar en qué medida puede afectar la Constitución española a una materia tan característica del Derecho privado como es la responsabilidad civil, también conocida (en terminología procedente del common law) como «Derecho de daños».