[ES]Se estudia la distribución de la propiedad de la tierra y sus aprovechamientos en la provincia de Salamanca en el siglo XVIII. Se constata la existencia de un marco homogéneo de relaciones socio-económicas en las distintas comarcas, así como la especialización ganadera y cerealista de la provincia. El porcentaje de propiedad amortizada era muy alto (58%), como también era elevada la proporción de terrazgo en manos del estamento eclesiástico (40%). No se advierte que el modelo socio-económico del Antiguo Régimen hubiera llegado a una crisis irreversible, sino que la existencia de una propiedad colectiva extensa propiciaba la cohesión de la sociedad, dando base social y poder al gobierno local. ; [EN] This work studies the distribution of land and its uses in the province of Salamanca in the eighteenth century. It confirms the existence of a homogeneous socio-economic relationship among the different regions as well as the specialization in the production of livestock and cereals in the province. The percentage of amortized property was very high (58%), and the proportion of land in clergy´s hands was very high as well (40%). The socio-economic model of the Ancien Régime had not reached an irreversible crisis, but the existence of a vast communal property favoured the cohesion of society, while giving power and social support to the local government.
En trabajos anteriores de este mismo autor se abordó el temade los galeotes para el ambito de la Corona de Castilla y para el periodocronologico de los reinados de 10s Austrias. En esta ocasión el estudio deesta temática se ha extendido además a la Corona de Aragón y a losreinados de los Borbones del Antiguo Rigimen. Como consecuencia de lapoliterritorialidad existente en la Monarquia Hispánica no hubo en susdominios un único derecho penal aplicable en todos los reinos hasta lapromulgación de los códigos penales de 1822 y 1848. En lo que se refierea la implantación de la pena de galeras hubo una génesis y una evolucióndistinta en cada territorio. En Cataluña se comienzan a enrolar forzadosen las galeras a comienzos del siglo XV. De tal forma que en 1438 esta penaesti plenamente establecida en todos los territorios de la Corona deAragon. Por lo que se refiere a Castilla, la pena de galeras fue introducidapor Fernando el Católico y mas tarde Carlos V, en 1530, la reguló plenamentey perfiló los delitos que se hicieron acreedores de la misma.Felipe II, por su parte, hizo un gran esfuerzo por aumentar el poderíode la flota de galeras. Por ello aumentó la duración de las condenas a galerasy amplió el número de delitos sancionables con ellas, tanto en la Coronade Castilla como en la de Aragón. En un principio no se estableció enninguna parte la lista de delitos sancionables con la pena de galeras, sinosimplernente se autorizó la conmutación de penas, corporales, destierrosy otras sirnilares por servicios de galeras. No obstante la revisibn de la legislacionpenal poner de relieve que con el paso del tiempo un buen número de delincuentes se fueron haciendo acreedores de trabajos forzados al remo:ladrones, blasfemos, bigamos, testigos falsos, desertores, huidos de prisibn,vagabundos, resistidores de la acción de la justicia, etc. Como las necesidadesmilitares fueron crecientes a medida que se fue desarrollando elproyecto hegemonista de los Habsburgo, se hizo imprescindible modificaralgunos aspectos de la pena de galeras: Se aumentó la duración de lascondenas, se introdujeron nuevos delitos en el catálogo de delitossancionables con pena de remo, etc. Aunque no todos los remeros erangaleotes, istos constituian la mayor parte de la fuerza propulsora de lamarina de guerra mediterrinea. La penuria de mano de obra forj6 enla Corona una concepción utilitarista de la penalidad. En el artículo seanalizan ademas los delitos castigados con galeras y la evolución seguidaen tiempos de los Austrias y de los Borbones. Se finaliza explicando comoera la vida diaria del forzado. El rigor del trabajo, la mala alimentación ylas pésimas condiciones de la estancia ocasionaban altas tasas demortalidad anual. Tras estudiar los tres siglos que aproximadamentecomponen la Edad Moderna, se llega a la conclusión de que con el transcursodel tiempo no se dulcificó la penalidad. Los ilustrados fueronconscientes de la necesidad de humanizar las penas, pero sus logrosquedaron circunscritos al campo de las ideas en el siglo XVIII, preparandoel terreno para que el gran cambio se produjera en el siglo XIX. ; Previous studies of this author have dealt with the topic ofconvict oarsmen in the Crown of Castile during the period of Habsburgrule. For this study the theme has been extended to the Crown of Aragonand to the reign of the Borbons of the Old Regime. As a consequence ofthe multiple territories which comprised the Hispanic Monarchy, no onelaw applied to all of the kingdoms until the promulgation of the PenalCodes of 1822 and 1848. Regarding the implantation of the condemnationto the galleys each territory had its own genesis and separate evolution. InCatalonia convict oarsmen were first enlisted in the galleys at the beginningof the fifteenth century. By 1438 this punishment was fully establishedin all the territories of the Crown of Aragon. With regard to Castile,condemnation to the galleys was introduced by Ferdinand the Catholicand later in 1530, Charlcs V fully regulated condemnation to the galleysand the types of offences that incurred this punishment.For his part Philip I1 made a great effort to increase the power of thegalley fleet. As a result he increased the duration of those condemned toconvict galley service and widened the number of crimes sanctioned by itboth in the Crown of Castile and that of Aragon. Initially neither territoryestablished a list of crimes that incurred condemnation to the galleys.Instead capital punishment, exile and other similar penalties werecommuted to convict galley service. Nevertheless, the revision of penallegislation highlighted that, as time passed, a good number of criminalsbecame liable for forced labour at the oar: thieves, blasphemers, falsewitnesses, deserters, prison escapees, vagabunds, those who resisted justice,etc. As military needs grew as Habsburg hegemony developed, it provednecessary to modify some aspects of the condemnation to the galleys: thelength of service of those condemned was extended, new crimes were addedto those punishable by forced labour at the oar, etc. While not all oarsmenwere convicts, they constituted a majority of the manpower that drove theMediterranean war fleet. The shortage of manpower forced the Crowninto a utilitarian concept of punishment. This article also analyses thecrimes punished by condemnation to the galleys and the evolution thattook place under the Habsburgs and Borbons. The article concludes withan account of the daily life of the convict oarsmen. The rigours of the work,the poor diet and the wretched conditions in which they lived producedhigh annual mortality rates. A study of the three centuries or thereaboutsof the Early Modern period points to the conclusion that the passage oftime did not moderate the punishment. Men of the Enlightment wereconscious of the need to humanize the punishment, but their achievementswere limited to the field of ideas of the eighteenth century, preparing theway for the great change that took place in the nineteenth century.
[ES] En trabajos anteriores de este mismo autor se abordó el tema de los galeotes para el ámbito de la Corona de Castilla y para el período cronológico de los reinados de los Austrias. En esta ocasión el estudio de esta temática se ha extendido además a la Corona de Aragón y a los reinados de los Borbones del Antiguo Régimen. Como consecuencia de la politerritorialidad existente en la Monarquía Hispánica no hubo en sus dominios un único derecho penal aplicable en todos los reinos hasta la promulgación de los códigos penales de 1822 y 1848. En lo que se refiere a la implantación de la pena de galeras hubo una génesis y una evolución distinta en cada territorio. En Cataluña se comienzan a enrolar forzados en las galeras a comienzos del siglo XV. De tal forma que en 1438 esta pena está plenamente establecida en todos los territorios de la Corona de Aragón. Por lo que se refiere a Castilla, la pena de galeras fue introducida por Fernando el Católico y más tarde Carlos V, en 1530, la reguló plenamente y perfiló los delitos que se hicieron acreedores de la misma. Felipe II, por su parte, hizo un gran esfuerzo por aumentar el poderío de la flota de galeras. Por ello aumentó la duración délas condenas a galeras y amplió el número de delitos sancionables con ellas, tanto en la Corona de Castilla como en la de Aragón. En un principio no se estableció en ninguna parte la lista de delitos sancionables con la pena de galeras, sino simplemente se autorizó la conmutación de penas, corporales, destierros y otras similares por servicios de galeras. N o obstante la revisión de la legislación penal pone de relieve que con el paso del tiempo un buen número de delincuentes se fueron haciendo acreedores de trabajos forzados al remo: ladrones, blasfemos, bigamos, testigos falsos, desertores, huidos de prisión, vagabundos, resistidores de la acción de la justicia, etc. Como las necesidades militares fueron crecientes a medida que se fue desarrollando el proyecto hegemonista de los Habsburgo, se hizo imprescindible modificar algunos aspectos de la pena de galeras: Se aumentó la duración de las condenas, se introdujeron nuevos delitos en el catálogo de delitos sancionables con pena de remo, etc. Aunque no todos los remeros eran galeotes, éstos constituían la mayor parte de la fuerza propulsora de la marina de guerra mediterránea. La penuria de mano de obra forjó en la Corona una concepción utilitarista de la penalidad. En el artículo se analizan además los delitos castigados con galeras y la evolución seguida en tiempos de los Austrias y de los Borbones. Se finaliza explicando cómo era la vida diaria del forzado. El rigor del trabajo, la mala alimentación y las pésimas condiciones de la estancia ocasionaban altas tasas de mortalidad anual. Tras estudiar los tres siglos que aproximadamente componen la Edad Moderna, se llega a la conclusión de que con el transcurso del tiempo no se dulcificó la penalidad. Los ilustrados fueron conscientes de la necesidad de humanizar las penas, pero sus logros quedaron circunscritos al campo de las ideas en el siglo XVIII, preparando el terreno para que el gran cambio se produjera en el siglo XIX. Palabras clave: galeotes, criminalidad, pena de galeras. ; [EN] Previous studies of this author have dealt with the topic of convict oarsmen in the Crown of Castile during the period of Habsburg rule. For this study the theme has been extended to the Crown of Aragon and to the reign of the Borbons of the Old Regime. As a consequence of the multiple territories which comprised the Hispanic Monarchy, no one law applied to all of the kingdoms until the promulgation of the Penal Codes of 1822 and 1848. Regarding the implantation of the condemnation to the galleys each territory had its own genesis and separate evolution. In Catalonia convict oarsmen were first enlisted in the galleys at the beginning of the fifteenth century. By 1438 this punishment was fully established in all the territories of the Crown of Aragon. With regard to Castile, condemnation to the galleys was introduced by Ferdinand the Catholic and later in 1530, Charles V fully regulated condemnation to the galleys and the types of offences that incurred this punishment. For his part Philip II made a great effort to increase the power of the galley fleet. As a result he increased the duration of those condemned to convict galley service and widened the number of crimes sanctioned by it both in the Crown of Castile and that of Aragon. Initially neither territory established a list of crimes that incurred condemnation to the galleys. Instead capital punishment, exile and other similar penalties were commuted to convict galley service. Nevertheless, the revision of penal legislation highlighted that, as time passed, a good number of criminals became liable for forced labour at the oar: thieves, blasphemers, false witnesses, deserters, prison escapees, vagabunds, those who resisted justice, etc. As military needs grew as Habsburg hegemony developed, it proved necessary to modify some aspects of the condemnation to the galleys: the length of service of those condemned was extended, new crimes were added to those punishable by forced labour at the oar, etc. While not all oarsmen were convicts, they constituted a majority of the manpower that drove the Mediterranean war fleet. The shortage of manpower forced the Crown into a utilitarian concept of punishment. This article also analyses the crimes punished by condemnation to the galleys and the evolution that took place under the Habsburgs and Borbons. The article concludes with an account of the daily life of the convict oarsmen. The rigours of the work, the poor diet and the wretched conditions in which they lived produced high annual mortality rates. A study of the three centuries or thereabouts of the Early Modern period points to the conclusion that the passage of time did not moderate the punishment. Men of the Enlightment were conscious of the need to humanize the punishment, but their achievements were limited to the field of ideas of the eighteenth century, preparing the way for the great change that took place in the nineteenth century.
En tiempos de los Austrias se concedieron perdones reales generales o particulares, por distintos motivos : políticos, religiosos, triunfos militares de la corona etc.
Maquiavelo aconsejaba a los príncipes que se reservaran para sí la disposición de las materias de gracia. Este principio nunca fue olvidado por los reyes castellanos que consideraron el derecho de perdonar como una regalía. A lo largo del Antiguo Régimen se concedieron perdones reales por motivos diversos: políticos, religiosos, acontecimientos cortesanos, triunfos militares de la monarquía, o merced especial que el soberano deseó hacer a algún subdito. Por el número de afectados pueden clasificarse en generales, si absuelven a un colectivo de reos, o particulares, cuando el agraciado es uno solo. Los generales se regulaban por cédula específica que el rey despachaba al efecto. Su cumplimiento era vigilado por comisiones formadas por miembros de la Cámara, y los aspirantes a sus beneficios no necesitaban presentar solicitud personal ante ningún consejo regio, sino que siendo el caso de los incluidos en la cédula, las justicias de la causa se encargaban de su ejecución. Por está razón este tipo de indultos no han dejado huella en los archivos centrales, salvo las cédulas de concesión. Por el contrario, los individuales eran despachados por la Cámara en nombre del rey después de estudiar los autos procesales y han dejado en los archivos de la corona miles de testimonios. Estos van a ser el objeto de nuestro estudio.