“I'm gonna call my lawyer:” shifting legal consciousness at the intersection of inequality
In: Special Issue Interdisciplinary Legal Studies: The Next Generation; Studies in Law, Politics and Society, S. 95-121
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In: Special Issue Interdisciplinary Legal Studies: The Next Generation; Studies in Law, Politics and Society, S. 95-121
The failing firm defense is an Anglo-Saxon creation conceived almost a century ago. This conception has been conceived in order to support the fusionintegration of companies in financial crisis with others in solving situation, even if its operation from the competence defense right perspective, generates dominance situations, or is objected by the fair competence authorities.Not only the United States of America but the European Union elicited doctrines, jurisprudences, and statements that have embodied the figure of failing firm defense, but its treatment was not pacific or simple. The reach of these has generated significant controversies regarding concepts and "traditional" regulations such as monopolies, abuse of domain position, and limits between judicial liquidation, corporate reorganization and the principle of conservation of companies.Despite the importance of this figure as well as the scenario where it can be applied, there is no pronouncement in Colombia about the opportunity, the use and the boundaries of this figure. For this reason, the aim of this study is to present the current situation of the failing firm defense at the systems in which it is regulated, in order to review its effectiveness as well as provide tools of analysis that allow a potential study and development of this topic in our country. ; La excepción de empresa en crisis o "failing firm defense" es una creación anglosajona de hace poco menos de un siglo, que ha sido concebida como un mecanismo para auxiliar a empresas en situación de crisis financiera permitiendo su concentración-integración con otras en situación de solvencia, incluso si la operación, desde el punto de vista del Derecho de defensa de la competencia, puede generar situaciones de dominancia o ser objetada por parte de las autoridades de competencia.Tanto en los Estados Unidos de América como en la Unión Europea, han suscitado doctrinas, jurisprudencia y pronunciamientos que han dado cuerpo a la figura de excepción de empresa en crisis, sin que su tratamiento pueda definirse como pacífico o sencillo, toda vez que su alcance ha dado lugar a grandes controversias respecto a conceptos y regulaciones "tradicionales" como son los monopolios, el abuso de la posición de dominio y los límites entre la liquidación judicial, la reorganización empresarial y el principio de conservación de las empresas.No obstante la importancia de la figura y la problemática que plantea su aplicación, en el Derecho Comparado, en Colombia aún no existe pronunciamiento alguno respecto a la oportunidad, el uso y los límites de esta figura, por tal razón, a través de este trabajo se busca presentar la situación actual de la excepción de la empresa en crisis en los sistemas en que se encuentra regulada con el fin de examinar su efectividad y aportar herramientas de análisis para un potencial estudio y desarrollo del tema en nuestro país.
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In: Cuadernos latinoamericanos de administración, Band 18, Heft 34
ISSN: 2248-6011
La fortaleza del tejido empresarial, medido a través de la capacidad de supervivencia de las organizaciones al momento de ingresar al mercado, se constituye en un elemento importante para analizar el éxito de las empresas del sector comercio en el municipio de Villavicencio. Este artículo analiza la variable tamaño inicial como determinante de la probabilidad de cierre de una organización. Para ello, se estudia la dinámica del tejido empresarial del municipio de Villavicencio, mediante la aplicación de modelos de duración, se buscó aceptar o rechazar la hipótesis planteada. Del análisis estadístico se encuentra que las empresas con mayor probabilidad de salir del mercado son las microempresas, concluyendo que, para ingresar al mercado, el tamaño aceptable es el de pequeña y mediana empresa.
In: American behavioral scientist: ABS, Band 66, Heft 7, S. 856-880
ISSN: 1552-3381
This article reports on the first known study to estimate household characteristics and coping behaviors associated with utility disconnections in the United States. We capitalize on a measure of disconnections available in the Residential Energy Consumption Survey that the U.S. Energy Information Administration administers. Using the 2015 panel, we analyzed the prevalence of disconnection notices, disconnection of services, and related coping strategies, including forgoing necessities, maintaining an unhealthy home temperature, and receiving energy assistance. Findings indicate that nearly 15% of U.S. households received a disconnection notice and 3%—more than three million households—experienced a service disconnection in 2015. Our results further demonstrate that more households forgo necessities than maintaining an unhealthy temperature or receiving energy assistance. However, many families used a combination of strategies to prevent or respond to the threat of being disconnected. We discuss implications for future research on material hardships, survival strategies, and the health impacts of poverty.
Social housing policies in Colombia have undergone changes in their conception until arriving at the current model of subsidizing demand in construction and financing by the private sector. It is in this context that the Comprehensive Housing Policy emerged, and one of its most controversial programs is the Free Housing Program (PVG). The article questions the fulfillment of the 100,000 free housing program as planning for urban mega-projects in a context of uncertainty. To do so, it makes a critical analysis of the PVG and the National Development Plan of the Juan Manuel Santos government from 2010 to 2014 and from 2014 to 2018, with which it formulates five assumptions that the program must fulfill: housing as a locomotive of progress, free housing as an opportunity for the vulnerable population, reduction of multidimensional poverty, 100,000 houses in two years at the country level and free housing for the post-conflict. The analysis of each assumption reveals porosities or fissures not foreseen in the planning, questioning its rationality in the contingency. The article concludes with a reflection on the sustainability of the programme and alternative points of view for its completion. ; Las políticas de vivienda social en Colombia han tenido cambios en su concepción hasta llegar al actual modelo de subsidio a la demanda en la construcción y financiación por parte de los privados. En este contexto surge la Política de Vivienda Integral (PVI) y uno de sus programas más controversiales es el Programa de Vivienda Gratuita (PVG). El artículo cuestiona el cumplimiento del programa habitacional 100.000 viviendas gratuitas como planificación de megaproyectos urbanos en un contexto de incertidumbre. Para ello se hace un análisis crítico del PVG y del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Juan Manuel Santos del 2010 al 2014 y del 2014 al 2018, con ello se realiza la formulación de cinco supuestos que debe cumplir el programa: la vivienda como locomotora del progreso, la gratuidad como oportunidad para la población vulnerable, reducción de la pobreza multidimensional, 100.000 viviendas en dos años a nivel país y vivienda gratuita para el posconflicto. El análisis de cada supuesto arroja unas porosidades o fisuras no previstas en la planificación cuestionando la racionalidad de esta en la contingencia. El artículo concluye con una reflexión sobre la sostenibilidad del programa y puntos de vistas alternativos para su culminación.
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Las decisiones judiciales en el marco de la exigencia de la justicia igualitaria, se han configurado en una herramienta indispensable para la protección de los derechos fundamentales y la gestación de cambios sociales, lo que ha implicado la reivindicación de su vinculatoriedad dentro del sistema de fuentes como un medio para la garantía de valores como la Igualdad, Seguridad Jurídica y Confianza legítima; de manera que su inobservancia implica serias fracturas a dichos principios constitucionales que generan consecuencias jurídicas. Este texto tiene como fin analizar la evolución teórica y jurisprudencial entorno al contenido, fundamento y condiciones de la fuerza normativa predicable de las decisiones judiciales a partir de las figuras de doctrina probable y precedente judicial, para posteriormente, enfocarse en el contenido del punible de prevaricato como consecuencia jurídica de su desconocimiento. Se pretende analizar la forma en que dichos conceptos han sido acogidos por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en el estudio de casos en los que los funcionarios judiciales se han apartado del precedente judicial sin la argumentación de rigor, además del criterio en la reafirmación de su obligatoriedad como parte esencial del entramado jurídico colombiano. ; Judicial decisions, in the context of the requirement of equal justice, have been set up as an indispensable tool for the protection of fundamental rights and the gestation of social changes, which has involved the claim of their linkage within the system of sources as a means for the guarantee of values such as Equality, Legal Security and Legitimate Trust; so that their failure to do so involves serious fractures to these constitutional principles that generate legal consequences. The purpose of this text is to analyse the theoretical and jurisprudential evolution around the content, basis and conditions of the predicable normative force of judicial decisions from the figures of probable doctrine and judicial precedent, and subsequently focus on the content of the prevaricy offence as a legal consequence derived from its ignorance. It is intended to analyse how these concepts have been accepted by the Criminal Appeal Chamber of the Supreme Court of Justice in the study of cases in which judicial officials have departed from the judicial precedent without the argument of rigour, and their judgment in reaffirming their obligation as an essential part of the Colombian legal framework. ; Magíster en Derechos Humanos y Democratización ; Maestría
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"En una sociedad como la Wayuu, donde los dramas y conflictos sociales son constantes, el mantenimiento de la cohesión y orden social es fundamental para sus miembros; son las compensaciones de las faltas cometidas y en otros casos las acciones rituales, muchas de ellas alrededor de la venganza y otras a través del encierro, las que evitan un mayor derramamiento de sangre entre los Wayuu, aunque para los occidentales esto parezca un tanto incoherente.". En la asamblea nacional constituyente los movimientos indígenas estuvieron presentes para incluir sus principios democráticos que jamás habían sido tomados en cuenta. De allí el sistema legislativo que se manejaba desde siempre tuvo la necesidad ante la persistente voluntad de los indígenas de mantener sus formas de vida, de dar reconocimiento jurídico a este grupo de nacionales con un alto grado de autonomía reflejado en la creación de la jurisdicción especial indígena que protege del sistema normativo ordinario, su forma de vida, su organización social y política. Reconocer que en un país como el nuestro existe diversidad étnica y cultural es un gran logro sociológico, también lo es, el hecho de que por mandato Constitucional a estas comunidades indígenas se les otorgara reconocimiento legal al incluir la jurisdicción especial Indígena en nuestra Constitución, haciendo garantes al Estado y a sus cohabitantes quienes debemos ejecutar la medidas legales y sociales necesarias para la protección de todas y cada una de las distintas etnias existentes en nuestro país, esto incluye el respeto por sus costumbres, su lengua, su régimen normativo, sanciones, alimentación, es lograr la integración con base en la homogeneidad donde se identifica la raza, la cultura, la nación, defendiendo como ideal la riqueza de la diversidad étnica y cultural, es decir el respeto por las diversas formas de vida en especial, la indígena. Ahora bien, entrándose a la protección de la diversidad étnica que trae consigo nuestra Constitución en el artículo 7º que expone: el reconocimiento y la protección de la diversidad étnica y cultural de la Nación es uno de los principios fundamentales del Estado colombiano y en desarrollo a este principio la jurisdicción especial indígena tiene el derecho conforme a sus costumbres ancestrales, de ejercer funciones judiciales dentro de su ámbito territorial de conformidad con sus propias normas y procedimientos siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la república, conforme al artículo 246 de nuestra Constitución . El reconocimiento Jurídico a las comunidades indígenas es un tema del que tratan también organismos internacionales, este es el caso de la OIT que en el Convenio 169 en el artículo 9º expone la posibilidad de que los pueblos indígenas cuenten con una jurisdicción especial propia que haga parte del bloque de constitucionalidad de un país, pero siempre y cuando esta Jurisdicción distinta a la Ordinaria sea compatible con el sistema jurídico nacional, con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, respetando los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. El reconocimiento de la Constitución Política de 1991 de una jurisdicción especial indígena en consonancia con los tratados internacionales que tratan este mismo tema, constituye un paso de gran importancia para el desarrollo del principio de pluralismo y diversidad cultural que persigue la reafirmación de la identidad indígena y adopta disposiciones concretas orientadas a ello. Con el reconocimiento constitucional a la jurisdicción especial indígena la Corte Constitucional se ha ocupado de establecer su alcance en base al artículo Constitucional 246, señalando que la autonomía que se le otorgó a estas comunidades indígenas deben regirse en cuatro elementos centrales como son: La posibilidad de que existan autoridades judiciales propias de los pueblos indígenas. La potestad de esas autoridades de establecer normas y procedimientos propios. La sujeción de dicha jurisdicción y normas a la Constitución y la ley, y la competencia del legislador para señalar la forma de coordinación de la jurisdicción indígena con el sistema judicial nacional. El reconocimiento de una jurisdicción indígena, implica además reafirmar la existencia de un poder de configuración normativa en cabeza de los pueblos indígenas, mediante el cual se desplaza a la legislación nacional en materia de competencia orgánica, normas sustantivas aplicables y procedimientos de juzgamiento, y se da prevalencia al derecho de estos pueblos de asumir el manejo de sus asuntos como una forma de afirmación de su identidad. Este trabajo investigativo pretende analizar la forma en cómo se ejecuta el Derecho Fundamental del debido proceso en la Jurisdicción Indígena y armonizarlo con la Jurisdicción ordinaria, para ello se investigó situaciones en torno a la jurisdicción especial indígena como su alcance, elementos y límites, se analizó el debido proceso y su sustento constitucional, se realizó un trabajo de campo basado en la visita y observación de las costumbres del pueblo Wayu en el Departamento de la Guajira – Colombia y finalmente se creó una propuesta para armonizar las dos jurisdicciones guardando el respeto por el debido proceso constitucional. Esta investigación surge por la necesidad que nació de aprender y evidenciar una cultura que por aspectos geográficos y culturales es difícil de acceder, se justifica por la necesidad de conocer una cultura que como a muchos nos es indiferente pero que a nivel jurídico y social llaman la atención por su Ordenamiento jurídico único, puesto que a simple vista este se muestra contrario al sistema normativo de la jurisdicción Ordinaria que las personas del interior y ajenas a estas comunidades indígenas desconocemos en su totalidad. Se pretende con esta investigación plasmar lo evidenciado en estas comunidades, lograr para el que lea este trabajo despertar interés por la idiosincrasia de nuestros indígenas y analizar cómo hacen efectivo el Derecho Fundamental al debido proceso, puesto que de manera superficial y ante los ojos de muchos desconocedores de las costumbres y régimen normativo de la Jurisdicción Especial Indígena, la forma en cómo se aplica este Derecho, es inconcebible. Colombia cuenta con la existencia de dos Jurisdicciones: la Ordinaria y la Especial, pero hare relevancia a esta última puesto que en nuestro país los indígenas son tan solo el 2,4% de la población, es decir la mayoría de los colombianos tenemos conocimiento de la normatividad que nos rige por no hacer parte de este porcentaje indígena, así que de esta Jurisdicción Ordinaria es más factible acceder a la información mientras que la Jurisdicción Indígena es más esquiva a nuestro estudios y vida cotidiana. El estudio que debe ocupar en esta Investigación es por consiguiente la Jurisdicción Especial, se aportara situaciones metodológicas con las cuales se pueda conocer el procedimiento que tiene esta Jurisdicción en cuanto a la creación de sus leyes, la forma en cómo se entiende el debido proceso, las sanciones y las garantías constitucionales. La Constitución Política de Colombia de 1.991 otorgó por primera vez para nuestra nación la autonomía Jurídica a las comunidades indígenas y les concedió el derecho de gozar de una jurisdicción especial; este legado constitucional nació para los expertos del Derecho Constitucional como el instrumento de protección de la diversidad étnica y cultural del pueblo colombiano y a su vez la creación de un fuero especial para legislar a ciertos individuos que hicieran parte de una comunidad indígena. Los pueblos indígenas existentes en Colombia a lo largo de su historia han mantenido sus tradiciones ancestrales, entre ellas se enmarcan los sistemas judiciales propios cuyo fin es el control social y territorial que coadyuva a la armonía y equilibrio de la comunidad. Sistemas Judiciales que en el ordenamiento jurídico colombiano fueron reconocidos por diversas leyes desde la época colonial hasta quedar consagrado en la Ley 89 de 1890, por la cual se establecía el derecho a los cabildos indígenas de aplicar sanciones correcciones al interior de los resguardos indígenas, derecho que fue asumido por las autoridades tradicionales, fortaleciendo así sus sistemas judiciales, Estos derechos indígenas adquirieron rango constitucional hasta el año de 1.991 cuando quedó plasmado en el artículo 7 de la Constitución Política, el reconocimiento y protección a la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana, así como el derecho de las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas en ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial y de conformidad con sus normas y procedimientos propios. La constitución es clara en advertir que las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. Al trascurrir los años y al fortalecerse el tema de los Derechos Humanos, surgió El problema de que las comunidades indígenas poseen un principio de autonomía para la decisión de conflictos internos que debe ser respetado por Mandato Constitucional, pero ¿qué ocurre cuando un conflicto compromete dos o más culturas diferentes? ¿Cómo debe actuar el juez constitucional si el caso llegara a su conocimiento? o si ¿el delito como la sanción vulneran los Derechos Humanos?, el Juez deberá ¿orientar su razonamiento hacia la protección de la Jurisdicción Especial? o deberá ¿lograr la armonización de los principios definitorios de cuantas culturas se encuentren en tensión? Este tipo de situaciones se presentan cada vez con más frecuencia y surge el llamado "choque de trenes" entre las Altas Cortes, respecto a la prevalencia de derechos Fundamentales Vs la autonomía de las comunidades indígenas y en especial en lo referente a la vulneración del debido proceso en casos de juzgamiento por delitos cometidos dentro de las comunidades indígenas. De acuerdo con los anteriores interrogantes, la pregunta de investigación que se debe resolver en esta investigación es si estando los derechos consagrados en la legislación nacional ¿qué factores jurídicos determinados pueden hacer aplicables el derecho fundamental del debido proceso en la jurisdicción especial armonizándola con la jurisdicción ordinaria, en el caso de la comunidad Wayu? La hipótesis se plantea así: los principios constitucionales como la igualdad, la dignidad humana y el debido proceso son los factores jurídicos para armonizar el tratamiento normativo en la aplicación de la sanción en las jurisdicciones ordinaria y especial. Otros factores jurídicos que podrán armonizar el tratamiento normativo en la aplicación de la sanción en las jurisdicciones ordinaria y especial son el bloque de constitucionalidad y la jurisprudencia puesto que pretenden que ambas jurisdicciones apliquen su legislación sin vulnerar los derechos fundamentales del sujeto infractor de la ley penal, y en especial el debido proceso. Como objetivo general se plantea el siguiente: Analizar los factores jurídicos determinados que pueden armonizar la jurisdicción especial con la jurisdicción ordinaria, respetando el debido proceso Concomitante con este objetivo y en aras de desarrollar la investigación se plantean los siguientes objetivos específicos: Referenciar la jurisdicción especial indígena. Analizar el debido proceso como sustento constitucional Presentar un estudio sobre la justicia en la comunidad indígena Wayu Identificar los factores de armonización entre las dos jurisdicciones. La investigación es Socio-Jurídica. Esta investigación se desarrolla con base en una problemática social, que bien depende de la ineficiencia o inoperancia de las políticas del estado. Para esto se hará una evaluación de pertinencia desde un punto jurídico especialmente desde el plano constitucional. Es aplicada, pues tiene como fin la optimización de las políticas del estado, con el fin de darle solución a una problemática social vigente y así conseguir el mejoramiento de la sociedad. Es mixta ya que se desarrolla con base a fuentes que permiten la utilización de datos primarios y secundarios. Es explicativa pues tiene como objeto no solamente medir variables, sino que estudia su influencia en los factores que intervienen en los fenómenos sociales y su dinámica. Es cualitativa porque se orienta a descubrir el sentido y significado de las acciones sociales aun que es de resaltar que esta investigación también llega a manejar factores netamente cuantitativos. Es documental, porque tiene como objeto directo la observación de las fuentes documentales. ; Facultad de Derecho - Centro De Investigaciones Sociojurídicas
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The split incentive problem concerns the lack of appropriate incentives to implement energy efficiency measures. In particular, low income tenants face a phenomenon of energy poverty in which they allocate significantly more of their household income to energy expenditures than other renters. This problem is substantial, affecting 1.89% of all United States' energy use. If effectively addressed, it would create a range of savings between 4 and 11 billion dollars per year for many of the nation's poorest residents. We argue that a carefully designed program of incentives for participants (including landlords) in conjunction with a unique type of utility-managed on-bill financing mechanism has significant potential to solve many of the complications. We focus on three kinds of split incentives, five concerns inherent to addressing split incentive problems (scale, endurance, incentives, savings, political disfavor), and provide a detailed policy proposal designed to surpass those problems, with a particular focus on low-income tenants in a U.S. context.
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ABSTRACT: This article accounts for the research's results developed at the frame of the Master in Psycho-analytic Research called The oblivion for the child-ish in the legal fiction of the child: Legislation readings of childhood protection. The motivation for this subject obeys a suspicion: the existence of a conflict between the child ideas divulged for the legal discourse and denounces made by the reality about the childhood through various social phenomenon emerging more and more powerfully in our contemporary societies. Said suspicion is shaping clearer when the legal discourse is questioned by child notion involved in the legislation of protection to the childhood more representatives of our time. Taking into account various forms where the social Other has been incorporated with the child at different cultural moments, but much more, when the psychoanalytical theory's notions and concepts take place, it allows us to think similarly to the imaginary infantile as it is justly denied in legal discourse environment as well as in the social discourse of our time. ; RESUMEN: El presente artículo da cuenta de los resultados de la investigación desarrollada en el marco de la Maestría en Investigación psicoanalítica, denomi-nada El olvido por lo infantil en la ficción jurídica del niño: lectura de las legislaciones de protección a la infancia. La motivación por la temática en cuestión obedece a una sospecha: la existencia de una discordancia entre la idea de niño promulgada por el discurso jurídico y lo que la realidad denuncia acerca de la infancia a través de diversos fenómenos sociales que emergen con fuerza cada vez mayor en nuestras sociedades contemporáneas. Dicha sospecha se va configurando de manera más clara al interrogar al discurso jurídico por la noción de niño implicada en las legislaciones de protección a la infancia más representativas de nuestra época, teniendo en el horizonte las diversas formas como el Otro social ha tomado al niño en distintos momentos de la cultura; pero aún más, cuando de la mano de la teoría psicoanalítica se sitúan las nociones y conceptos que permiten pensar lo infantil como aquello que, justamente, es negado tanto en el ámbito del discurso jurídico como en el del discurso social de nuestro tiempo.
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In: Poverty & public policy: a global journal of social security, income, aid, and welfare, Band 2, Heft 4, S. 5-25
ISSN: 1944-2858
AbstractUsing detailed sociological and public health qualitative interview data, we demonstrate that energy poverty is more pervasive, and results in a greater energy burden for low‐income tenants, than many policymakers would assume. This is due in part to a lack of funding, policy non‐coordination, and a lack of understanding of the social and economic benefits of energy conservation, energy education, and flexible utility billing policies. Examining LIHEAP, weatherization, utility, and housing assistance policies, we suggest that a coordinated, regional approach to home energy and housing policy that integrates programs in each area will provide a more coherent policy solution.
In: Futures, Band 128, S. 102707
In: Pragmática sociocultural: revista international sobre lingüística del Español = Sociocultural pragmatics : an international journal of spanish linguistics, Band 5, Heft 1, S. 25-58
ISSN: 2194-8313
ResumenEl proyecto Es.Var.Atenuación se interesa por el estudio de la atenuación pragmática a nivel lingüístico, estructural, enunciativo y situacional, en corpus discursivos del español, a fin de reconocer las posibles estrategias atenuantes de un acto comunicativo. Para llevar a cabo el análisis se parte de una ficha de trabajo (Briz y Albelda, 2013. Una propuesta teórica y metodológica para el análisis de la atenuación lingüística en español y portugués. La base de un proyecto común (ES.POR.ATENUACIÓN).Onomázein, 28, pp. 288–319; Albelda, Briz, Cestero, Kotwica y Villalba, 2014. Ficha metodológica para el análisis pragmático de la atenuación en corpus discursivos del español. (ES.POR.ATENUACIÓN).Oralia, 17, pp. 7–62) organizada en cinco bloques de factores: funciones de la atenuación, procedimientos lingüísticos de la atenuación, factores estructurales, factores enunciativos y factores situacionales. A partir de esta ficha de trabajo, el propósito de nuestra investigación es considerar la implicación del componente fonoprosódico de la lengua, de modo que nos centramos en el segundo bloque de factores de la ficha indicada (Procedimientos lingüísticos de la atenuación). Dicho bloque contiene 22 tácticas lingüísticas (y no lingüísticas) de atenuación; de ellas, la táctica 21 se refiere a los elementos prosódicos, paralingüísticos o gestuales y su papel en la expresión de atenuación. Esta táctica, no obstante, debe ser desarrollada para valorar mejor el peso de lo prosódico en la atenuación; se cuenta para ello con la experiencia previa del proyecto Fonocortesía, donde se manejan parámetros segmentales y suprasegmentales (F0, intensidad, duración, curva melódica o pausa, entre otros parámetros) relevantes para la expresión de (des)cortesía verbal (la atenuación es, de hecho, una forma frecuente de cortesía). El objetivo de este trabajo es, en fin, desarrollar metodológicamente la descripción del componente prosódico en la actividad atenuadora, y precisar a través de parámetros acústicos objetivables en qué pueda consistir ese papel atenuante
In: Tramas: subjetividad y procesos sociales, Heft 57, S. 97-126
ISSN: 0188-9273
In: Dilemas contemporáneos: Educación, Política y Valores: Contemporary dilemmas: Education, Politics and Values
ISSN: 2007-7890
El presente proyecto de intervención es una guía que un centro educativo urbano del sureste mexicano adoptará para el mejoramiento de las condiciones sociales de los estudiantes; lo que repercutirá en su rendimiento académico, personal e institucional. Derivado de lo anterior, se ha identificado como problema, la discriminación lingüística de estudiantes que hablan la lengua chontal y chol en comunidades estudiantiles que tienen como primera lengua el español. La estructura del programa titulado "Inclusión intercultural escolar" se compone de sesiones programadas en tres dimensiones, dentro de las cuáles se incluyen los siguientes rubros: Tema, modalidad de intervención, objetivo, técnica didáctica, actividad y recursos. Esta propuesta escolar dotará de diversas herramientas al Colectivo Educativo para alcanzar los objetivos planteados.
In: Revista latinoamericana de ciencias sociales, niñez y juventud, Band 19, Heft 2, S. 1-23
ISSN: 2027-7679
(analítico)En este estudio cualitativo se describen y analizan los efectos de la separación parental, a través de la mirada y voz de una niña de nueve años. Se empleó como instrumento una entrevista semiestructurada y un análisis de resultados de tipo categórico. Las repercusiones observadas se clasificaron en efectos individuales como el manejo de la información y la construcción de explicaciones, así como una mayor independencia y mejora en su autoconcepto; y efectos en su entorno familiar, tales como la modificación en los vínculos afectivos con sus padres, dinámicas familiares más consistentes y mayores momentos de bienestar. Concluyendo que los infantes son participantes activos en la construcción de sus significados y que la separación de los padres puede permitir la generación de experiencias de crecimiento.
Palabras clave: Separación parental, divorcio, padres, niños, efectos, familia, significados, sujetos activos, participación infantil.