NORMAS DE CONSTITUCIÓN, NORMAS DE LEY: UNA RESPUESTA IMPROBABLE A LA LUZ DEL CASO CHILENO
In: Revista de Ciencias Sociales, Heft 82, S. 177-225
ISSN: 0719-8442
Uno de los debates transversales que generó la propuesta de nueva Constitución ofrecida por la Convención Constitucional — rechazada, luego, por el pueblo — fue el relativo a las materias que deberían incluirse en una Constitución y cuáles, en cambio, dejadas a la ley (u otras fuentes normativas). Este trabajo tiene por objetivo ordenar los argumentos a partir de los que se formulaban esas objeciones. Se dividen en cuatro razones. La primera de ellas arranca de una cierta expectativa o concepción respecto de la función de las constituciones. La segunda reposa en una visión sobre la forma en que las constituciones podrían alentar o menoscabar la democracia al transferir poderes de decisión a instituciones no representativas. La tercera reclama una supuesta infracción a la experiencia constitucional acumulada globalmente. La cuarta, y última, se formula desde una cierta cultura social y/o nacional que debe respetarse. Cada uno de esos criterios será sometido a escrutinio con razones que, desde luego — así como los mismos criterios —, encuentran eco en la literatura especializada.