El objetivo de este artículo es describir el sentido otorgado a la violencia contra las mujeres en los distintos periodos a partir del concepto cristalizado en cada época. Para ello se efectuará un recorrido a lo largo del tiempo por medio de los agentes principales y los discursos hegemónicos de cada momento. A través de los mismos se puede observar cómo se ha pasado de la invisibilidad del fenómeno a su visibilidad, de esta a su rechazo, y en la actualidad existe un discurso negacionista que, aunque minoritario, está obstaculizando el avance social.
In: Sociología y tecnociencia: Revista digital de Sociología del Sistema Tecnocientífico = Sociology and Technoscience = Sociologia e tecnociência, Band 12, Heft 1, S. 112-135
El artículo tiene como objetivo conocer la valoración que hacen las profesionales de los Puntos Municipales de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Comunidad de Madrid sobre la utilidad que tienen los sistemas de seguimiento telemático de protección a las mujeres víctimas de violencia de género.
La metodología utilizada es la cualitativa a través de la realización de 34 entrevistas a 59 de estos profesionales. Entre los principales hallazgos se evidencia la existencia de dos tipos de discursos: uno securitario y otro prevencionista, que valoran de modo diferente la validez de estos dispositivos
En la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Naciones Unidas se introduce el principio de transversalidad como nueva estrategia en las políticas públicas de igualdad. Para hacer de la igualdad eje de todas las políticas en el Estado español se adoptó la Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elaborara el Gobierno. Surge así la voz impacto de género que trataremos de definir en este artículo, así como su desarrollo y aplicación. La obligatoriedad de elaborar informes de impacto de género en las disposiciones normativas se mostraba como una herramienta idónea para desarrollar la transversalidad en todas las políticas, sin embargo, los análisis sobre la implementación de esta Ley han demostrado que la carencia de una metodología específica ha limitado sus potenciales efectos. Se espera que la regulación que establece el Real Decreto 1083/2009 y su posterior actualización permita una mejor aplicación. ; The principle of mainstreaming was presented as a new strategy in equality policies at the IV United Nations World Conference on Women. To apply mainstreaming, the government of the Spanish State adopted Law 30/2003, of October 13, on measures to incorporate the assessment of gender impact in the regulatory provisions prepared by the Government. With this Law the concept of gender impact appears. This article will describe what gender impact assessment is and how its application has evolved. The obligation to prepare gender impact reports is an ideal tool to develop mainstreaming in all public policies, however, the lack of a specific methodology to carry out these evaluations has made it difficult to carry them out.
Lejos de ser neutral, el lenguaje es una de las más poderosas herramientas de actuación política. Conceptualizar es politizar – como mantiene Amorós (2008)- y de ahí el éxito del movimiento feminista al haber conseguido popularizar el concepto de "violencia de género". Ahora bien, la existencia de un concepto es necesaria para visibilizar el fenómeno, pero insuficiente si se parte de la concepción de Foucault (1992) de que el significado que se concede a los significantes es la resultante del enfrentamiento entre el poder – que trata de mantener el orden existente- y el contrapoder – que puja por introducir cambios-. La teoría feminista se ha mostrado como contrapoder y ha tenido como finalidad, entre otras, la de establecer adecuadas conceptualizaciones (De Miguel, 2003). La revisión del proceso nominal recorrido para visibilizar la violencia contra las mujeres hasta conseguir la cristalización del significante "violencia de género" en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, permitirá confirmar este hecho. Esta ley institucionalizó el concepto de "violencia de género" sacando a la luz las relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres, sin embargo, limitó su aplicación a la violencia conyugal que sufren las mujeres en las relaciones heterosexuales, dejando fuera otras expresiones de la violencia de género como el acoso sexual. Este aspecto, que tiene serias consecuencias para las víctimas del resto de la violencia sexista – dentro de la cual está el acoso sexual-, permite mostrar el efecto paradójico de cómo el lenguaje, que aparentemente nombra determinadas situaciones, puede encubrir otras. En este caso, el término "violencia de género" ha conseguido mostrar el tipo de violencia relativo a la dominación estructural masculina por parte de la pareja, pero su utilización está ocultando el resto de formas de violencia que las mujeres padecen sólo por el hecho de serlo.
Aparentemente los feminismos están ejerciendo un importante papel en lo que se conoce como "nueva política"; un fenómeno que fija su origen en el 15-M y ha cuestionado la actual democracia de representación dando una mayor participación a la ciudadanía. La mayor presencia de las mujeres en esta "nueva política" ha llevado a hablar de un empoderamiento femenino; sin embargo varias son las cuestiones a despejar hasta llegar a tal afirmación. En primer lugar habría que saber si el concepto orteguiano es adecuado para denominar esta nueva situación, en segundo lugar sería interesante clarificar los términos en que se concreta la participación de las feministas en los nuevas plataformas ciudadanas y, sólo entonces, en base a lo anterior, se podría decir si es lícito o no hablar de empoderamiento femenino. ; Apparently feminisms have an important role in the "new politic". The new policy appeared with 15-M and has questioned the current representative democracy, giving greater participation to citizenship. The presence of more women in this "new policy" has led to talk of a women's empowerment; however there are several issues to clear up to this claim: first, the Ortega's concept is appropriate to describe this new situation?, second, what is the participation of feminists in the new policy? Finally it concludes if there is female empowerment
La Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres abrió un ámbito nuevo a la negociación colectiva: los planes de igualdad. Lo que en principio era una buena noticia, porque buscaba eliminar la discriminación laboral otorgando nuevas competencias sindicales, ha arrojado el balance de luces y sombras. La valoración de los planes de igualdad que aquí se realiza es fruto de la experiencia adquirida durante quince años de participación en las mesas de negociación de planes de igualdad como representante sindical. Esta evaluación se antoja oportuna ante la aprobación del Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro. Ante un nuevo ciclo conviene hacer balance de lo acontecido para plantearse el futuro.