La necesidad de aprobar un instrumento normativo regulador de la modalidad de teletrabajo antes del 1 de abril de 2021 en todas las Administraciones públicas, exige precisar su rango, procedimiento de elaboración y contenidos esenciales que se han de elaborar en base al depósito de formas institucionales y organizativas que la regulación del trabajo a distancia ha ido articulando durante largos años en la Administración autonómica y local. Para conocer el marco en el que se va a tener que actuar se presentan los estándares operativos al uso y las fórmulas que se pueden utilizar, enfatizándose el cambio organizativo que la introducción del teletrabajo va a suponer.
El trabajo que presentamos pretende ser un estudio del objeto de la negociación colectiva de las condiciones de trabajo de los funcionarios en el ámbito local. Dicho estudio presupone la identificación del derecho de negociación y el establecimiento expreso de la naturaleza jurídica última que puedan tener sus productos. A partir de ahí hay que situar el ejercicio de dicho derecho en los parámetros dados por el artículo 37 EBEP 2015, lo que exige analizar una serie de criterios generales de determinación de las materias objeto de negociación y atender a un sistema de lista donde se señalan concretamente las materias que han de ser objeto de negociación y las materias que han de quedar excluidas de ella. Los criterios generales de determinación de las materias que se han de negociar son los de alcance legal, competencia y ámbito. Precisarlos exige considerar el lugar de la ley en el sistema de función pública y establecer adecuadamente las relaciones entre la ley y el acuerdo colectivo en la determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios. También supone analizar lo que pueda ser la competencia local en materia de función pública y el papel que pueda tener la potestad normativa de nuestras corporaciones locales en la fijación de dichas condiciones de trabajo. Finalmente, la determinación del objeto de la negociación exige también examinar detalladamente cuál debe ser el ámbito apropiado de negociación para la regulación de la materia que proceda en cada caso. Aunque no se ha eludido el análisis del sistema concreto de disposición de la lista de materias que han de ser objeto de negociación, lo cierto es que la delimitación del objeto de la negociación se ha pretendido obtener aquí desde una perspectiva inversa, es decir, señalando lo que ha de ser excluido de la obligatoriedad de la negociación. Ello ha exigido estudiar la potestad de organización y la potestad de dirección y control en materia de personal funcionario como contrapoderes que han de delimitar el espacio de la negociación en el ...
[spa] El trabajo que presentamos pretende ser un estudio del objeto de la negociación colectiva de las condiciones de trabajo de los funcionarios en el ámbito local. Dicho estudio presupone la identificación del derecho de negociación y el establecimiento expreso de la naturaleza jurídica última que puedan tener sus productos. A partir de ahí hay que situar el ejercicio de dicho derecho en los parámetros dados por el artículo 37 EBEP 2015, lo que exige analizar una serie de criterios generales de determinación de las materias objeto de negociación y atender a un sistema de lista donde se señalan concretamente las materias que han de ser objeto de negociación y las materias que han de quedar excluidas de ella. Los criterios generales de determinación de las materias que se han de negociar son los de alcance legal, competencia y ámbito. Precisarlos exige considerar el lugar de la ley en el sistema de función pública y establecer adecuadamente las relaciones entre la ley y el acuerdo colectivo en la determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios. También supone analizar lo que pueda ser la competencia local en materia de función pública y el papel que pueda tener la potestad normativa de nuestras corporaciones locales en la fijación de dichas condiciones de trabajo. Finalmente, la determinación del objeto de la negociación exige también examinar detalladamente cuál debe ser el ámbito apropiado de negociación para la regulación de la materia que proceda en cada caso. Aunque no se ha eludido el análisis del sistema concreto de disposición de la lista de materias que han de ser objeto de negociación, lo cierto es que la delimitación del objeto de la negociación se ha pretendido obtener aquí desde una perspectiva inversa, es decir, señalando lo que ha de ser excluido de la obligatoriedad de la negociación. Ello ha exigido estudiar la potestad de organización y la potestad de dirección y control en materia de personal funcionario como contrapoderes que han de delimitar el espacio de la negociación en el sector público y, más concretamente, en el ámbito territorial local. ; [cat] El treball que presentem és un estudi sobre l'objecte de la negociació col·lectiva de les condicions de treball dels funcionaris en l'àmbit local. L'esmentat estudi pressuposa la identificació del dret de negociació i l'establiment exprés de la naturalesa jurídica última que poden tenir els seus productes. A partir d'aquí s'ha de situar l'exercici de l'esmentat dret en els paràmetres establerts en l'article 37 EBEP 2015, la qual cosa exigeix analitzar un seguit de criteris generals de determinació de les matèries que han d'ésser objecte de negociació i atendre a un sistema de llista a través del qual s'assenyalen concretament les matèries que han d'ésser objecte de negociació i les matèries que han de quedar excloses de la negociació. Els criteris generals de determinació de les matèries que s'han de negociar son els d'abast legal, competència i àmbit. Precisar-los exigeix considerar l'espai de la llei en el sistema de funció pública i establir adequadament les relacions entre la llei i l'acord col·lectiu en la determinació de les condicions de treball dels funcionaris. També suposa analitzar el que pugui ser la competència local en matèria de funció pública i el paper que pugui tenir la potestat normativa de les nostres corporacions locals en la fixació de les dites condicions de treball. Finalment, la determinació de l'objecte de la negociació exigeix també examinar detalladament quin ha d'ésser l'àmbit apropiat de negociació per a la regulació de la matèria que procedeixi en cada cas. Encara que no s'ha volgut eludir l'anàlisi del sistema concret de disposició de la llista de matèries que han d'ésser objecte de negociació, el cert és que la delimitació de l'objecte de la negociació s'ha pretès obtenir aquí des d'una perspectiva inversa, és a dir, assenyalant el que s'ha d'excloure de l'obligatorietat de la negociació. Això ha exigit estudiar la potestat d'organització i la potestat de direcció i control en matèria de personal funcionari com a contrapoders que han de delimitar l'espai de la negociació en el sector públic i, més concretament, en l'àmbit territorial local. ; [eng] This research we present aims to be a study of the subject of collective bargaining of working conditions of municipal civil servants. This study requires the identification of a right to bargain and the express establishment of an ultimate legal nature of their products. From this understanding, we must place the exercise of this right within the parameters given by Article 37 EBEP 2015. This Article requires an analysis of a set of general criteria, which establish the matters that may be subject to collective bargaining. It is also necessary to refer to a list system, which specifically identifies those matters that are to be negotiated and those matters that must be excluded from it. General criteria for determining those matters to be negotiated are those of legal nature, competence and scope. Specifying them requires considering the role of the law in the public function system and adequately establishing the interplay between the law and the collective agreement in determining the working conditions of civil servants. It also involves analysing what may be local competition in terms of civil service and the role that regulatory power of our local corporations may have in setting such working conditions. Finally, determining of the subject of bargaining also requires carrying out a detailed analysis to ascertain the appropriate scope of negotiation for the regulation of the relevant matter in each case. Although an analysis of the specific arrangement of the list of matters to be negotiated has not been avoided, the truth is that the delimitation of the subject of negotiation has been sought here from an inverse perspective, that is, pointing at what shall be excluded from the obligation of negotiation. This has required studying the power of organization and the power of direction and control in terms of civil servant personnel as counterweight that shall define the negotiating space in the public sector and, more specifically, at a municipal level.
En el actual contexto económico y político, se detecta en las Administraciones locales una tendencia a la recuperación de los servicios públicos previamente externalizados, que tiene como condicionante esencial la situación del personal de sus distintas unidades gestoras. Sobre esta realidad vienen a incidir una serie de normas administrativas y laborales que resultan de difícil armonización. ; In the current economic and political context, local entities tend to re-cover public services previously externalized with the situation of the employees of the different management unities as a key issue to address. In relation to this reality, several administrative and labour laws clash and their harmonization is not easy.
También en el sector público la crisis económica es una crisis de empleo y una crisis de condiciones de trabajo, crisis que habrá que superar introduciendo criterios de flexibilidad externa e interna. En el ámbito de la función pública la flexibilidad externa debe subordinarse al derecho a la inamovilidad en la condición funcionarial, pero existe una posibilidad real de adaptación numérica de las plantillas a través de una adecuada utilización de las figuras de planificación, una correcta gestión del sistema de nombramientos temporales y de las posibilidades existentes para una política ordenada de contratación y externalización de actividades. En el ámbito de la flexibilidad interna el camino es inmenso para la adopción de medidas de eficacia orientadas a facilitar una gestión de recursos humanos funcional, que permita un aprovechamiento racional de la carga de trabajo existente, facilite la distribución interna de los efectivos hacia ámbitos prioritarios y refuerce la productividad de los recursos públicos. El sistema jurídico permite la adopción de todas estas medidas, a las que solo se oponen la falta de capacidad técnica de las estructuras locales y un arcaico sistema de relaciones laborales que acaba por petrificar las condiciones de empleo. ; Also in the public sector the economic crisis is a crisis of employment and working conditions, crisis to be overcome by introducing criteria for external and internal flexibility. In the field of public external flexibility has to subordinate the right to security of tenure in the civil service status, but there is a real possibility of numerical templates adapted through an appropriate use of figures of planning, a proper management of the temporary appointment and the possibilities for an orderly political recruitment and outsourcing of activities. In the field of internal flexibility is huge the way for the adoption of efficiency measures designed to facilitate human resource management functional, to enable a rational use of existing workload, to facilitate the internal distribution of priority areas towards priority areas and effective to enhance the productivity of public resources. The legal system allows for the adoption of these measures that oppose only the lack of technical capacity of local structures and an archaic system of labor relations that eventually petrify the conditions of employment.
A menudo las decisiones públicas se producen de una manera intuitiva, sin proceder a un análisis objetivo de los problemas, sencillamente porque se prima un programa de gobierno o la necesidad de intervención en un área pública de actuación, en otras situaciones se dispone de un buen diagnóstico y de una detallada hoja de ruta para la articulación de una verdadera política activa que aporte un cambio sustantivo sobre la anterior situación, pero se acaba ignorando las soluciones propuestas porque los diferentes actores institucionales están sujetos a una serie de limitaciones políticas o económicas que hacen muy difícil la puesta en práctica de la reforma necesaria que todos consideran necesaria y dotada de una rigurosa lógica de sustentación [.].
En el sistema de relaciones laborales el conflicto que afecta a los intereses colectivos de los trabajadores se canaliza a través de la negociación colectiva entre las partes. Dicha negociación puede perseguir la determinación de las condiciones de trabajo a través de una reglamentación convencional (conflicto de intereses) o, también, la interpretación y correcta aplicación de una reglamentación ya existente (conflicto jurídico). En aquellos casos en que la negociación se bloquea o no fructifica, teóricamente caben dos procedimientos de solución del conflicto, a través de medidas de presión basadas en huelgas, manifestaciones, encierros u otras medidas de conflicto a disposición de los trabajadores, o a través de lo que se ha dado en llamar medios pacíficos de solución de conflictos, distinguiéndose dentro de éstos, entre los medios judiciales, es decir, el proceso y la sentencia, y extrajudiciales, debiendo diferenciarse entre estos últimos los que se producen sin intervención de terceros, es decir, por la pura actividad negociadora de las partes, de los instrumentados con intervención de terceros, a través de los procedimientos de conciliación, mediación o arbitraje u otras técnicas alternativas de resolución del conflicto.