Se realiza un excurso epistemológico sobre la cerradura al debate crítico de las distintas disciplinas respecto a los fundamentos de los derechos y al descuido teórico, epistemológico y práctico en la gramática (lenguaje) de los fundamentos de los derechos, generador de hiperflexivilización y disfuncionalidad del nivel gramatical de los mismos, de inflación conceptual e incoherencia aprehensiva y comprensiva, y de complicación y complejización impropias del trabajo cooperativo entre las disciplinas (derecho, política y filosofía, fundamentalmente) implicadas en apalancar la emergencia de los derechos como pretensión justificada en su validez y como satisfacción material (facticidad). Concluye en favor de una teoría integrativa de los derechos, que mengue las contingencias de la referida hiperinflación y aperture comunicaciones entre las especialidades disciplinares que disminuyan niveles de (i)realización de los derechos.
El presente discurso analiza la relación entre la noción moderna de reconocimiento y las normas del reconocimiento de los derechos fundamentales y de la Igualdad en el marco del Estado social y democrático de Derecho. En tal sentido, la lucha contemporánea por el reconocimiento ha quedado normada por las reglas del Estado de Derecho, lo que conduce a la ciencia política a explicar de forma crítica cuáles son los fundamentos de esta normas y cuáles son sus relaciones con estructuras sociales históricamente formadas, como el caso de la sociedad civil estructurada en términos de economía de mercado y la constitucionalización de las fórmulas redistributivas de tipo paternalistas dirigidas a la garantía material de los derechos. A través de la reconstrucción de la noción de reconocimiento hegeliano (esta será la metodología a utilizar) realizadas por Axel Honneth y Charles Taylor se concluye que el reconocimiento se relaciona de modo inherente a la lucha social, y que la efectividad de ésta desborda siempre las normas de estabilidad del Mercado y del propio Estado de Derecho, con lo cual se presenta contemporáneamente el dilema de luchar individual y colectivamente por el reconocimiento de unos derechos paternalistamente distribuidos o luchar por derechos que escapan a los poderes del Mercado y a las mayorías de la esfera pública democrática. ; Following essays analyzes the relationship between the modern notion of recognition and the rules of recognition of fundamentals rights and equality in the framework of social and democratic State. Contemporary, the struggle for recognition has been regulated by the norms of rule of law, reason why correspond to political science the critical explication of foundations of the standards and relations with social structures historically formed as a society structured in terms of market economy system and constitutional norms of distribution paternalist of fundamentals rights. Through the reconstruction of the notion Hegelian recognition made by Ael Honneth and Charles Taylor, it was concluded that recognition is related so inherent in the social struggle, and that the effectiveness of this always overflows the rules of stability of the market and the rule of law, which presents the dilemma of fighting for the recognition of paternalisment distributed rights of fight for truly fundamental rights. ; 11-30 ; romrosa@yahoo.com ; semestral
La Era de los derechos ha llegado al fin; cabe preguntar desde la politología si es un arribo o es una huida. Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, la prosperidad relativa de las democracias Occidentales y el advenimiento de la universalidad del paradigma del Estado social, conducen a lo que N. Bobbio llamó el tiempo de los derechos. Sin embargo, en la época presente, el reconocimiento de la lucha armada a nivel internacional, los conflictos dentro de las sociedades multiculturales y los problemas de pobreza y exclusión de importantes zonas geográficas generan nuevas expectativas negativas en tomo a la condición histórica de la Era de los Derechos. Autores como Tecla Mazzarese plantean la interrogante sobre el cambio del tiempo de los derechos, que Bobbio definió como sólido y de largo plazo. Frente a algunas ineficiencias en la erradicación de la pobreza, el Estado social también se ha visto afectado en su legitimidad, la cual se fundamenta en el éxito material de las respuestas a las exigencias del constitucionalismo del tiempo de los derechos. Así, ante la posible situación de un cambio en puertas al interior de la Era de los derechos, vale la pena preguntar políticamente si habrían de transformarse las normas que el constitucionalismo del Estado social ha programado para el reconocimiento de los derechos fundamentales. ; The Age ofRights has come to the end; one wonders whether it is an arrival or a flight. Since the end ofWorld War 11 the relative prosperity ofthe Western democracies and the universality ofthe welfare state paradigm led to the age of rights. However, intemational conflicts and social struggles within multicultural societies have generated new interpretations (Tecla Mazzarese) about the historical status of the "age of rights." which Bobbio considered to be stable and long term. Problems with the eradication of poverty and the legitimacy crisis facing the welfare state have led to a questioning to whether we are really experiencing a change in the age of rights . ; 101-121 ; romrosa@yahoo.com ; semestral
El presente artículo expone algunas consideraciones jurídicas sobre la interpretación constitucional en el contemporáneo Estado social y democrático de Derecho. Cuestiones olvidadas toman importancia tras la llegada del conflicto de las interpretaciones a la ciencia y la teoría general del Derecho; otras cuestiones en éste ámbito, como la complejidad de la interpretación constitucional y el carácter vago del lenguaje, impulsan nuevos análisis jurídicos y epistemológicos. En el centro de ambas cuestiones la lucha por diseñar modelos de interpretación no-caóticos toma cuerpo y asume posición: el descubrimiento o la construcción de sentidos de las normas constitucionales debe reforzar, y no corroer, la fortaleza regulativa de la Constitución, al tiempo que el proceso de interpretación debe regularse racionalmente desde la epistemología de las ciencias y desde la arquitectura de nuevas y novedosas reglas jurídicas, a fin de que, en la justificación y motivación de las sentencias sobre interpretación constitucional, la autonomía institucional sea reflejo del estricto apego del decisor al Derecho. ; This paper presents some legal considerations on constitutional interpretation in the contemporary state of law. Items forgotten become important after the arrival of the conflict of interpretations of science and general theory of law, other issues such as the complexity of constitutional interpretation and the vagueness of language in this area drive new legal and epistemological analysis. In the center, the battle for design models of non-chaotic interpretation takes shape and place: the discovery or construction of meaning of constitutional norms must strengthen, not erode, the regulatory strength of the Constitution, while the interpretation process must be regulated rationally from the epistemology of science and from the architecture of new and innovative legal rules, so that, in the justification and reasoning in the judgments on constitutional interpretation of institutional autonomy is a reflection of the strict observance of the law. ; 133-155 ; romrosa@yahoo.com ; anual
El presente discurso tiene como objetivo principal exponer algunas líneas normativas sustanciales, de una propuesta de largo alcance, referida al diseño del Software y del Hardware de la administración de recursos alimenticios según las pautas, normas, reglas y propuestas del esquema garantista jurídico y político, expuesto, entre otros autores, por Luigi Ferrajoli, atendiendo a la complejidad de la sociedad contemporánea. Siendo tales sus objetivos, el discurso se subdivide en dos partes imprescindibles dirigidas a su inteligibilidad y a su explicación causal y consecuencial, entendiendo que en el presente discurso será esbozada la primera de esas partes, que hace referencia a la crítica a la facticidad de la arquitectura y de la ingeniería de la administración moderna de los recursos alimentarios. ; The objective of this discussion is to present some substantial norms of a long range proposal referring to the design of software and hardware for the administration of food resources according to the guidelines, norms, rules, and proposals of the juridical and political scheme of constitutional guarantees submitted by, among other authors, Luigi Ferrajoli, regarding to the complexity of contemporary society. This being the objective, the discussion is subdivided in two parts necessarily directed towards its clarity and its causal and consequential explanation, understanding that in the present discussion, the first of these parts, which references the criticism of the feasibility of the architecture and the engineering of the modern administration of food resources, will be sketched. ; romrosa@yahoo.com ; Anual
El presente discurso se plantea como objetivo principal la construcción de algunos fundamentos de lo que se podría denominar 'modelo garantista del Derecho y de la Política alimentaria' contemporáneos. Tales fundamentos representan una intercepción reflexiva entre las normas positivas de garantía de mínimos de condición y dignidad humana y los principios políticos de una tipología de administración abocada a la garantía de los derechos fundamentales al tiempo delimitada progresivamente por la autonomía del Mercado y de la sociedad civil estructurada según sus principios de organización y funcionamiento. De allí que, la construcción de un modelo garantista de administración alimentaria represente un 'Software' institucional jurídico-positivo y político-principialista inacabado, por construir, en tanto aún la ciencia del Derecho y la teoría de la democracia no han aportado los elementos normativos suficientes para crear aquellas intercepciones reflexivas entre ordenamiento jurídico y políticas públicas dirigidas a las garantías materiales de los derechos fundamentales (out puts de garantías). ; The main objective of the present discussion proposes the construction of some basics of what could be called "the Guaranteeist Model of Contemporary Food Policy Law". Such basics represent an interceptive reflection between the positive norms of guaranteeing the minimum conditions of human dignity and the political principles of the typology of democratic administrations dedicated to guaranteeing the fundamental rights, progressively defined at the time, for market autonomy, and for the structured civil society, in accordance with its principles of organization and function. From this, the construction of a guaranteeist model of food administration represents an unfinished juridical-positive and political principlism institutional "software" to be constructed. As such, the science of law and the theory of democracy have not provided sufficient normative elements to create those reflective interceptions between juridical legislation and public policy directed towards the material guarantees of the basic rights (guarantee of out puts). ; 125-147 ; romrosa@yahoo.com ; semestral
El siguiente discurso analiza uno de los principales tópicos del Derecho en la actualidad: la situación del imperio de la Ley y la deconstrucción conceptual de la soberanía moderna posteriores a las transformaciones que dieron lugar al paradigma constitucional del Estado social y democrático de Derecho. Es un ensayo crítico de meta-teoría útil en que, atendiendo a las condiciones actuales de la capacidad de autodisciplina positiva del Derecho, estos conceptos quedan explicados a partir de las consecuencias que su deconstrucción teórica y epistemológica ha traído consigo desde la crisis del Estado Liberal. Como meta-teoría útil, la descripción de trabajos contemporáneos es principal, pero resulta importante también la crítica de la incorporación marginal de la soberanía y del imperio de la Ley en sus modelos de solución de los problemas de la decreciente eficacia de la vinculación constitucional. ; The following discourse analyzes one of the principal topics of the Law at present days: the situation of the rule of law and the de-construction of the modern concept of sovereignty. Then, all of the transformations that gave place to the constitutional paradigm of the Social State of Law. Furthermore, this essay represents a meta-theoretical use in which, attending to the current conditions of the capacity of positive auto discipline of Law, remains explained from the consequences that the theoretical and epistemological deconstruction has brought after the crisis of the Liberal State of Law. As meta-theoretical use, the description of how Law works is principal, but it is more important the critique of the marginal incorporation in the sovereignty concept and the rule of law to solve problems and also, how the diminishing efficiency of the constitutional entail works. ; 37-68 ; romrosa@yahoo.com
El interés por el razonamiento judicial se inicia con el rechazo tanto de una concepción mecanicista de la aplicación del derecho, como de posturas irracionalistas. La aplicación del derecho no puede reducirse a la remisión a ciertos enunciados jurídicos y a unos hechos "brutos" (premisas mayor y menor del tradicional silogismo judicial), es por ello que, a la hora de analizar la aplicación del derecho, las nociones de razonamiento o justifi cación deben ocupar un lugar tan central como el principio de legalidad. No hay aplicación del derecho sin justificación en una sociedad y estado democrático y sólo puede mostrarse que una decisión judicial está justifi cada si se ofrecen razones en apoyo de la misma. De aquí que la obligación de motivar las sentencias no sea únicamente una exigencia de orden legal (en la medida en que dicha obligación suele venir impuesta por los ordenamientos jurídicos), sino que deriva de la idea misma de la jurisdicción y de su ejercicio en los estados democráticos, donde no pueden desligarse las ideas de jurisdicción y motivación: esta es constitutiva de aquella, de tal forma que la motivación no es algo obligatorio y "externo" (un aditamento) a las sentencias, sino que es inherente a la aplicación del derecho. A estas cuestiones, especialmente en lo atinente a los hechos, se refiere este artículo, para lo cual se sigue la obra de M. Taruffo referenciada en la bibliografía. ; The interest in judicial reasoning begins with the rejection of both a mechanistic conception of law enforcement as not rational positions. Law enforcement can not be reduced to the legal reference to certain statements and facts about "gross" (major and minor premises of the traditional judicial syllogism), which is why, when analyzing the application of law, the notions of reasoning or justifi cation should occupy such a central place as the principle of legality. No law enforcement without justifi cation in a democratic state and society and can only be shown to a court order is warranted if offered reasons in support thereof. Hence the obligation to give reasons for decisions not only a requirement of legal order (to the extent that the obligation imposed by often come legal systems), but stems from the idea of jurisdiction and its practice in democratic states where ideas can not be divorced from legal and motivation: this is constitutive of that, so that the motivation is not mandatory and "external" (an attachment) to the sentences, but is inherent to the implementation of right. These issues, especially with regard to the facts mentioned in this article, for which we follow the work of M. Taruffo in literature. ; 123-144 ; romrosa@yahoo.com ; semestral
El siguiente discurso analiza las potenciales ventajas y algunos referentes de denotación y connotación crítica de la Ley Orgánica de Educación venezolana del 2009 (LOE). Representa una respuesta académica a un debate en el que el sentido común y la opinión pública democrática han pretendido universalidad científica y certeza empírica. En paralelo, es un esfuerzo por desmembrar, en positivo, las ventajas de la LOE 2009, y de señalar algunos correctivos necesarios a efectos de construir los fundamentos y principios sobre los cuales se construirían sus reglamentos de instrumentación de referida Ley, al trasluz del estatus y los requerimientos contemporáneos de la Educación y la sociedad venezolanas. ; The following speech analyzes the potential advantages and some referring of denotación and critical connotation of the Statutory law of Venezuelan Education of the 2009 (LOE). It represents an academic answer a debate in which the common sense and the democratic public opinion have tried scientific universalidad and empirical certainty. In parallel, it is a effort to dismantle, in positive, the advantages of LOE 2009, and to indicate some corrective necessary ones with the object of constructing to the foundations and principles on which their regulations of instrumentation of referred Law would be constructed, to trasluz of estatus and the contemporary requirements of the Venezuelan Education and the society. ; O seguinte discurso analisa as vantagens potenciais e algum consultar do denotación e o connotation crítico da lei estatutária da instrução Venezuelan do 2009 (LOE). Representa uma resposta académico um debate em que o sentido comum e a opinião pública democrática tentaram o universalidad científico e a certeza empírica. Na paralela, é um esforço desmontar, no positivo, as vantagens de LOE 2009, e indicar alguns necessários corretivos com o objeto de construir às fundações e aos princípios em que seus regulamentos da instrumentação da lei consultada seriam construídos, ao trasluz do estatus e às exigências contemporary da instrução Venezuelan e da sociedade. ; 277-285 ; romrosa@yahoo.com ; semestral
El presente discurso científico tiene como objetivo principal denotar algunos de los principales problemas jurídicos observados en la selección y justificación de los contenidos normativos que sirven de premisa mayor, dentro del silogismo práctico, de algunas decisiones del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela; problemas que connotan fallas graves y una distancialidad importante entre la praxis de construcción de fundamentos de razón de la decisión y los requerimientos de motivación de las sentencias jurídicas de los Tribunales de Justicia en Venezuela (fuentes de razón), respecto a las exigencias de la Constitución de 1999 y del paradigma del Estado social y democrático de Derecho y Justicia en cuanto a la estructuración discursiva de la motivación y justificación de las decisiones judiciales. ; This scientific discourse aims mainly denote some major legal problems seen in the selection and justification of content that serve as a normative premise higher, within the practical syllogism, in some decisions of the Supreme Court of Justice in Venezuela; problems that connote Serious flaws and a distancialidad between the practice of building foundations of reason for the decision and the requirements of legal reasoning of the judgments of the Courts of Justice in Venezuela (sources of reason), with regard to the requirements of the 1999 Constitution and the paradigm of social and democratic State of Law and Justice as to the discursive structure of the motivation and justification of judicial decisions. ; 65-89 ; romrosa@yahoo.com
El presente discurso tiene como objetivo principal el análisis empírico de algunos contenidos de exigencia y reconocimiento del derecho fundamental a la Igualdad en la Constitución de 1991. Tal análisis se realiza en una constante contrastación entre el marco teórico de los derechos fundamentales y de la teoría democrática contemporánea, construido en la primera parte, y las estructuras institucionales diseñadas a lo largo de cuatro décadas de evolución del Estado de Bienestar venezolano. Con especial énfasis en los diseños de estructuras de mediación, en los procesos de racionalización y en los propios contenidos de la exigencia respecto al derecho a la Igualdad que poseía la Constitución de 1961. ; The present speech takes as a principal aim the empirical analysis of some contents of exigency and recognition of the fundamental right of the Equality in the Constitution of 1991. Such an analysis is realized in a constant contrastación between the theoretical frame of the fundamental rights and of the democratic contemporary theory, constructed in the first divides, and the institutional structures designed throughout four decades of evolution of the Venezuelan Welfare state. With special emphasis in the designs of structures of mediation, in the processes of rationalization and in the proper contents of the exigency with regard to the right to the Equality that was possessing the Constitution of 1961. ; 149-169 ; romrosa@yahoo.com
El presente discurso tiene como objetivo principal el análisis teórico-normativo de algunos contenidos de exigencia constitucional (en referencia a la Constitución de 1961) y la programación que fue diseñada desde 1961 hasta 1999 para dar respuesta efectiva desde el Ordenamiento jurídico y desde el Ordenamiento institucional del Estado de Derecho venezolano a aquellas exigencias vinculativas de la Constitución en relación al derecho fundamental a la Igualdad. Entendiendo que la lucha por el reconocimiento de los derechos a la Igualdad como derechos fundamentales es, no sólo, siempre inacabada, sino también siempre perfectible teórica y normativamente, si se parten de su incompletitud inherente y de su constante crítica democrática. ; The present speech takes as a principal aim(lens) the theoretical - normative analysis of some contents of constitutional exigency (in reference to the Constitution of 1961) and the programming that was designed from 1961 until 1999 to give effective response from the juridical Classification and from the institutional Classification of the Venezuelan Constitutional state to those requirements vinculativas of the Constitution in relation to the fundamental right to the Equality. Understanding that the fight for the recognition of the rights of the Equality like fundamental rights is, not only, always unfinished, but also always perfectible theoretical and normativamente, if they split of his inherent incompletitud and of his critical democratic constant. ; 159 - 168 ; romrosa@yahoo.com
Presentación. Presentation. Rengifo, Diana Economía / Economy: Los sistemas de información para el cuadro de mando integral en pequeñas y medianas empresas industriales en Maracaibo - estado Zulia. The systems of information for the of integral control design in small and medium companies industrial in Maracaibo, Zulia state. Kunath Irene; Alizo, María Alexandra; Graterol, Angela. Educación / Education: Los hipermapas. Alternativa pedagógica y didáctica para la enseñanza de la geografía, historia y ciencias de la tierra. Hypermaps. Pedagogic and didactic alternative for the teaching of geography, history and sciences of earth Coronado Cabrera Emiro A. Formación desde el centro escolar y sus incidencias en la práctica de enseñanza. Caso de docentes trujillanos de I y II etapa de educación básica. Formation from the school center and their incidences in the practice of teaching. The case of trujillanos educators from first and second stage of basic education. Marrone, Elena J., Ferreres Pavia, Vicente Filosofía / Philosophy: Filosofía del limite: la condición humana desde el discurso ético Contemporáneo. Philosophy of the limits: the human condition from the ethical contemporary discourse. Ojeda, Juana Sociohistoria / Sociohistory: Indicadores básicos para determinar mapas de pobreza en los espacios geográficos rurales. (Microcuenca La Coneja, parroquia General Ribas, municipio Boconó, estado Trujillo - Venezuela). Basic Indicators for determining poverty maps in the rural geographic spaces (Microbasin La Coneja, General Ribas parish, municipality of Boconó, Trujillo state - Venezuela. Bastidas, José Arturo La participación del Zulia y Los Andes en el proyecto de rehabilitación autonomista de Ignacio Andrade. The participation of Zulia and Andes in the project of rehabilitation autonomist of Ignacio Andrade. Ferrer, Dilian Ensayos / Essays: Cinco nichos con cinco niños en uno. Five niches with five children in one. Portillo Parody, Jairo La guerra contra la humanidad y la democracia como sistema de garantías. La necesaria construcción de una esfera pública mundial (parte I). War against humanity and democracy as a system of guarantees. The necessary construction of a public world sphere (part I). Rodríguez Salón, Román Un soñador para un pueblo, drama de Antonio Buero Vallejo. A dreamer for a town, drama of Antonio Buero Vallejo. Urrutia, María Eugenia Reseña de Libros y Revistas / Review of Books and Magazines Análisis epistemológico de la película "Lo mejor de la vida". Reseñado por: Núñez, Ana Luisa Restrepo, Laura (2004): Delirio. Reseñado por: Vásquez, Víctor Indice acumulado / Acumulated index. Información institucional / Institutional information. ; 171-186 ; romrosa@yahoo.com ; semestral ; Nivel analítico
Este artículo se presenta como el corolario del debate iniciado por dos artículos anteriores cuyo tópico principal giraba en torno al enjuiciamiento histórico de la imposibilidad de la convicción estatal para construir una esfera pública mundial que permita la resolución de los problemas presentados en una reanarquizada sociedad internacional. Corolario que, como tal, pretende recoger la esencia de los dos artículos antes presentados y mostrarlos como una prueba de fe; en definitiva, como un aporte al debate, poco crítico y poco conocido, de la construcción de una esfera pública internacional que desligue de adjetivos a la justicia en el sistema-mundo-global. Un corolario que pretende, desde sus inicios, la constitución de una crítica a los modelos poco utópicos pero igualmente difíciles de realizar, cuyo fin ulterior es la búsqueda de una solución a los constantes desatinos que nuestras instituciones internacionales poseen en el preciso momento en que los conflictos de racionalidades encontradas se presentan y sacuden la estabilidad de un mundo que, al efecto, es cada vez más interdependiente en sus mercados y cada vez menos interdependiente en sus identidades políticas. ; This article is shown as the corollary of the debate started in two early articles whose main topic revolved round the historical judgment of the impossibility of state conviction to develop a worldwide public sphere enabling the solution of problems arose from an international reanarchized society. A corollary which, as such, is aimed at collecting the essence of the two already presented articles and showing them as a faith demonstration; definitely, as a contribution to the, slightly critical and unknown, debate on the building of an international public sphere which does not qualify justice in the global world system. A corollary aimed , from the beginning, at setting of a reflection towards unutopian models though they are hard to be carried out as well, and whose last purpose is the search of a solution to the persistent blunders shown by our international institutions right at the moment of different rationalities disputes, and which are making an impact on the stability of a world that, in this way, is increasingly interdependent in their markets and less and less interdependent in their political identities. ; 105-120 ; romrosa@yahoo.com ; Semestral ; Nivel analítico
Tras el advenimiento del paradigma del Estado social y democrático de Derecho, el sistema de los derechos se ve transformado en su base normativa y material. La Autonomía Universitaria, fundada tradicionalmente en los modelos ilustrados de defensa frente a las presiones sociales, se ha visto afectada por esa transformación del sistema de los derechos y, por supuesto, que la mera reactividad aislante de la Universidad respecto a las presiones sociales aparece como una respuesta desfasada en un contexto sociológico que le obliga a reconstruir su propio concepto de Autonomía. Viejos y nuevos modelos se enfrentan en el discurso de la Autonomía Universitaria, y la falta de sentido común se hace presente en más de un discurso de defensa de la Universidad. Los dos ensayos a continuación se presentan intentan comprender las sendas de la discusión actual sobre la Autonomía, partiendo del supuesto de que la reconceptualización de esa Autonomía es, simplemente, inevitable para una adecuada garantía de las libertades universitarias. ; After the advent of the paradigm of the social and democratic State of law, the rights system is transformed in its normative and material base. University autonomy, traditionally founded in the illustrated models of defence against social pressures, has been affected by that transformation of the system of rights and, of course, mere insulating reactivity of the University regarding social pressures appears as a response deprecated in a sociological context that forces him to reconstruct his own concept of autonomy. Old and new models face in the discourse of the University autonomy, and the lack of common sense is present in more than one speech for the defence of the University. The two trials below are trying to understand the paths of the current discussion on autonomy, on the assumption that the reconceptualization of this autonomy is, simply, inevitable for an adequate guarantee of University freedoms. ; 261-274 ; romrosa@yahoo.com ; sagraprofeula@gmail.com ; Trimestral