This article's main goal is displaying the existence of three political theories that might be used for justifying the professional fellowship of lawyers; the corporatism, the pluralism, the republicanism. The political theory adopted will determine the conception of the functions that the lawyer's fellowships perform in its relationship with the State. This work specifically focuses on showing that the fellowship functions as a limit for institutional violence when the adopted paradigm is a republican one. ; El presente trabajo tiene por objetivo mostrar que existen tres teorías políticas que pueden utilizarse para justificar la colegiatura profesional de los abogados: el corporativismo, el pluralismo y el republicanismo. La teoría política que se adopte determinará el modo de concebir las funciones que el colegio de abogados ejerce en relación con el Estado. El trabajo específicamente se concentra en mostrar que la colegiatura funciona como un límite frente a la violencia institucional, cuando el paradigma adoptado es uno de tipo republicano. ; Este trabalho tem o objetivo de mostrar que existem três teorias políticas que podem ser utilizadas para justificar a escola de advogados profissional: o corporativismo, o pluralismo e o republicanismo. A teoria política que se adapte determinará o modo de conceber as funções que a escola de advogados exerce com relação ao Estado. Em específico, o trabalho se concentra em mostrar que o colegiado funciona como um limite ante a violência institucional, quando o paradigma adotado é de tipo republicano.
The paper draws attention to the diverse nature of the positions involved in the ongoing debate about gender. While some positions are scientific, others have a metaphysical, ethical or political character. From a liberal egalitarian paradigm, this distinction is crucial. Public institutions treat all citizens as free and equal when they are metaphysically and ethically neutral. Neutrality involves two requirements. On the one hand, public institucions must be justified on political or scientific considerations and, on the other they must not promote or endorse any ethical or metaphysical conception. ; El presente artículo llama la atención sobre la diversa naturaleza de las posiciones presentes en el debate acerca del género. Mientras algunas posiciones son de índole científica, otras son metafísicas, éticas o políticas. Desde el punto de vista del paradigma liberal igualitario, tal distinción es fundamental. Las instituciones públicas tratan a todos los ciudadanos como libres e iguales cuando son neutrales tanto a nivel metafísico como ético. La neutralidad involucra dos exigencias. Por un lado, las instituciones públicas deben justificarse sólo en base a consideraciones de índole política o científica y, por el otro, no deben promover o suscribir a ninguna concepción ética o metafísica.
The objective of this paper is to question the existence of a Human Right to Democracy whose holder is every human being. Additionally it aims to show that there actually is an International Right to Democracy whose holders are legitimate states. If the argument offered to justify this right to International Democracy is correct then an important implication regarding the institution of humanitarian intervention follows. Specifically, a new democratizing mandate appears. One that does not require to democratize the domestic institutions but the international ones. ; El objetivo que persigue este trabajo es cuestionar la existencia de un Derecho Humano a la Democracia cuyos titulares son todos los seres humanos. Adicionalmente pretende mostrar que lo que en realidad existe es un derecho a la Democracia Internacional cuyos titulares son los Estados legítimos. Si el argumento que se ofrece para justificar este derecho es correcto, entonces se sigue una importante consecuencia con respecto a la institución de la intervención humanitaria. Específicamente, aparece un nuevo mandato democratizador. Uno que no requiere democratizar las instituciones estatales sino las instituciones internacionales.
La ética legal ha estado concentrada en evaluar las acciones y las actitudes no proposicionales de los abogados. En el primer caso, ha establecido un catálogo de deberes y, en el segundo, una lista de virtudes. Este trabajo aborda el tema de la evaluación moral de las actitudes proposicionales, específicamente las creencias. El trabajo explora la relevancia de los valores políticos para evaluar las creencias que los abogados defensores tienen con relación a sus clientes. El mismo presenta una concepción no-evidencialista según la cual los valores políticos -entendidos como algo diferente a las consideraciones epistémicas, prudenciales o de moral individual- son relevantes a la hora de evaluar dichas creencias. ; The legal ethics has been focused on evaluating the actions and non-propositional attitudes of lawyers. In the first case, it has established a catalog of duties. In the second, it has identified a list of virtues. This paper addresses the issue of the moral evaluation of propositional attitudes in particular of beliefs. The work explores the relevance of political values to evaluate the beliefs that defense lawyers have with regard to their clients. It presents a non-evidentialist conception according to which political values -understood as something different from epistemic, prudential or private moral considerations- are relevant to the assessment oflawyer's beliefs. ; Fil: Seleme, Hugo Omar. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Centro de Investigaciones Juridícas y Sociales; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
Más allá del debate de derecho positivo referido a si los derechos sociales han recibido en la normativa internacional el estatus de genuinos derechos, existe un debate filosófico-político que se pregunta por su justificación moral. ¿Existen derechos humanos de índole moral –que pueden coincidir o no con los reconocidos por el derecho positivo– cuyo contenido sean exigencias sociales o económicas? Aunque las preguntas por el estatus moral y el estatus jurídico son diferentes, lo que se responda en el primer caso puede tener incidencia sobre cómo pensamos que debería diseñarse el sistema jurídico internacional. Argumentar a favor de la existencia de derechos morales humanos con contenido social puede ser una razón –aunque no una definitiva– para justificar su positivización. Este artículo se ocupa solamente del problema filosófico-político, dejando de lado el debate centrado en el derecho positivo. El objetivo es ofrecer los principales lineamientos de una justificación moral de los derechos humanos. Dicha justificación permite no solo dar cuenta de algunos rasgos peculiares de los derechos humanos, sino que posibilita comprender que las mismas razones morales que subyacen a los derechos civiles y políticos se aplican a los derechos sociales. El argumento posee dos partes. La primera tiene por objetivo elaborar la justificación propuesta. Una vez expuesta la justificación de los derechos humanos, la segunda parte del argumento tiene por objetivo mostrar que la misma sirve para dar sustento no solo a los derechos humanos civiles y políticos, sino también a los derechos humanos sociales. ; Beyond the debate on positive law referred to whether social rights have received international status of genuine rights, exists a philosophically debate that asks about their moral justification. Are there any human rights of moral nature – that may coincide or not with the recognized by positive law –whose contents are social or economic demands? Although the questions about the moral status and legal status are different, which is answered in the first case may have impact on how we think the international legal system should be designed. Arguing for the existence of moral rights with social content may be one reason –although not a definitive– to justify their fixing in positive rules. This article addresses only the problem philosophically, leaving aside the debate centered on the positive law. The objective is to offer the main guidelines of a moral justification of human rights. Such a justification not only allows giving information of some peculiar features of human rights, but it makes it possible to understand that the same moral reasons that underlie the civil and political rights apply to social rights. The matter has two parts. The first aims to develop the proposed justification. Once exposed the justification of human rights, the second part aims to show that it serves to sustain not only civil and political rights, but also social human rights. ; Fil: Seleme, Hugo Omar. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Centro de Investigaciones Juridícas y Sociales; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
Existen diferentes servicios que los filósofos morales pueden prestarles a los juristas. Los mismos son variados y ha sido explicitados en diferentes trabajos. La hipótesis de este trabajo es que la relación inversa también es cierta. Existen tres maneras viciadas de hacer filosofía moral que los juristas pueden ayudar a combatir. La primera consiste en la obsesión metaética fundada en un sesgo escéptico hacia cualquier reflexión sustantiva. La segunda es el diletantismo activista de aquellos que sin ninguna preparación teórica se dedican a hablar de problemas morales y políticos. La tercera consiste en una forma de reflexión filosófica que en su afán de encontrar los principios supremos ha perdido todo contacto con la experiencia moral humana. El contacto con los juristas puede ayudar a combatir estos vicios, prestando de este modo la reflexión jurídica un servicio a la Filosofía Moral. ; Moral philosophy may help Jurisprudence in several forms. The services that Moral Philosophy may offer to Jurisprudence have been explored in different works. This paper advances the hypothesis that the inverse relation is also true. There are three flawed ways of doing moral philosophy that lawyers can help fight. The first is the meta ethics obsession based on a skeptical bias against any substantive reflection. The second is the activist dilettantism of those who talk about moral and political issues without having any theoretical background. The third is a form of philosophical reflection that on the way to looking for the supreme principles of morality it has lost touch with any human moral experience. Contact with lawyers can help fight these vices. This is a service that legal reflection may offer to Moral Philosophy. ; Fil: Seleme, Hugo Omar. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
El presente artículo llama la atención sobre la diversa natu- raleza de las posiciones presentes en el debate acerca del género. Mien- tras algunas posiciones son de índole científica, otras son metafísicas, éticas o políticas. Desde el punto de vista del paradigma liberal iguali- tario, tal distinción es fundamental. Las instituciones públicas tratan a todos los ciudadanos como libres e iguales cuando son neutrales tanto a nivel metafísico como ético. La neutralidad involucra dos exigencias. Por un lado, las instituciones públicas deben justificarse sólo en base a consideraciones de índole política o científica y, por el otro, no deben promover o suscribir a ninguna concepción ética o metafísica. ; The paper draws attention to the diverse nature of the positions involved in the ongoing debate about gender. While some po- sitions are scientific, others have a metaphysical, ethical or political character. From a liberal egalitarian paradigm, this distinction is cru- cial. Public institutions treat all citizens as free and equal when they are metaphysically and ethically neutral. Neutrality involves two re- quirements. On the one hand, public institucions must be justified on political or scientific considerations and, on the other they must not promote or endorse any ethical or metaphysical conception. ; Fil: Seleme, Hugo Omar. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
La división de poderes parece consustancial hoy a una democracia constitucional moderna, aunque sus orígenes puedan ser rastreados en la idea de república. La división de poderes no ha sido presentada, sin embargo, de igual forma teórica, no se ha manifestado empíricamente de igual modo, ni ha tenido una única y uniforme justificación. Se analizan dos principios justificatorios diferentes: el de especialización y el de independencia. A la luz de estos dos principios se pueden colegir diversas patologías en la división de poderes por la invasión de un poder sobre la competencia y las acciones del otro. Se examinan cuatro posibles patologías: obstrucción, inhibición, conducción, congraciamiento. Y también otras cuatro provocadas por la invasión por parte de agentes privados del poder estatal: entorpecimiento, abstención, colonización y adaptación. ; The separation of powers seems nowadays to be consubstantial with contemporary constitutional democracies, even though its origins can be traced back to the idea of republic. The separation of powers, nevertheless, has not always been presented in the same theoretical fashion, it has not empirically manifested itself in the same ways, nor has it had a single, uniform justification. Two different justificatory principles shall be analysed: especialisation and independence. In the light of these two principles several pathologies caused by the invasion by one power of the competences and actions of another can be inferred. Four such pathologies are examined —obstruction, inhibition, leading and ingratiation—. And also four caused by the invasion of state power by private agents -numbnes, abstention, colonization and adaptation-. ; Fil: Malem Seña, Jorge F. Universitat Pompeu Fabra; España ; Fil: Seleme, Hugo Omar. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
La Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba no podía permanecer indolente frente a la conmoción que, durante este año 2020, ha provocado en el mundo la pandemia de COVID-19. Como comunidad educativa advertíamos que la prioridad máxima era lograr la continuidad de la labor de nuestra Casa de Estudios, para garantizar a nuestros alumnos del grado y del posgrado, el ejercicio de su derecho a estudiar, continuando y en algunos casos iniciando sus estudios, a pesar de las condiciones adversas que se vivían. Con esa finalidad convocamos a los profesores titulares de todas las cátedras y eméritos y consultos que quisieran hacerlo, a sumarse con sus aportes a esta construcción colectiva, que aborda los temas que nos ocupan desde las diversas perspectivas de las distintas áreas del mundo jurídico. Y la desinteresada respuesta positiva no se hizo esperar. Prueba de ello es este libro cuyas dimensiones, tanto en lo cuantitativo como en lo cualitativo, superaron las expectativas iniciales. La jerarquía de los autores que generosamente han participado con sus contribuciones, en algunos casos en forma individual y en otros acompañados por sus equipos de colaboradores, permiten prever que esta obra ha de brindar elementos de juicio de gran utilidad para continuar construyendo el mundo jurídico, dentro de la pandemia y después de ella. ; ÍNDICE GENERAL. TOMO III. DERECHO DE LOS RECURSOS NATURALES Y AMBIENTAL. "El Derecho Ambiental frente a la pandemia y post pandemia COVID-19 algunas perspectivas" por Aldo Novak. "Sustentabilidad y extractivismo: análisis crítico en contexto de pandemia" por Darío Ávila, María Laura Foradori y Soledad Graupera. II. "Género y ambiente: su inclusión en la agenda pública a partir del COVID-19" por Graciela Tronca María Cecilia Tello Roldán, María Eugenia Villalba y Candela González. DERECHO DE LA NAVEGACIÓN, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES. "Derecho Aduanero. Derecho del turismo" por Giselle Javurek. Profesores: M. Soledad Pesqueira Nozikovsky, Ernesto Frontera Villamil, Juan Marcelo Cinalli y Hugo Rivarola. Adscriptos: Nelly Baigorria, Diego Cevallos, Victoria Ferronato, Maricel Freijo, M. Victoria Giubergia, Paula González Boarini,Guadalupe Hidalgo, Ignacio Latini Marramá, Iván Luna, Noelia I Mana, Dante Ariel Nuñez, Lucía Olivier y Erika Saimandi. DERECHO PROCESAL. "La justicia y el proceso judicial frente a la pandemia y post pandemia COVID-19" por Rosa A. Avila Paz de Robledo. Profesores: Mario R. Lescano, Mariano G. Lescano, Mariela Roldán, Carolina Vallania, Roxana Garay, y Santiago Molina Sandoval. "La Justicia y las personas en condiciones de vulnerabilidad frente a la Pandemia y Post Pandemia COVID-19" por Rosa A. Avila Paz de Robledo Federico M. Arce, Víctor Luna Cáceres, Horacio L. Cabanillas, Miriam Mabel Marchetti, Daniela Moyano Escalera, Eric A. Opl. "Acceso a la justicia en el COVID-19. Caso fortuito y la reforma procesal" por Cristina González de la Vega. "Nuevas tecnologías en la justicia civil de Córdoba en tiempos de pandemia COVID-19" por Leonardo González Zamar. "El proceso judicial en la época de la pandemia COVID-19. El Ministerio Público Fiscal en la oralidad" por Silvia Elena Rodríguez y Ariel Ksen. "Garantías judiciales en el COVID-19 desde la perspectiva del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y del sistema jurídico argentino" por Diego Robledo. "La protección de datos personales en la nueva normalidad: salud pública y vigilancia digital" por María Cecilia Tello Roldan. "La emergencia sanitaria COVID-19 y la tecnología en los procesos de familia en la provincia de Córdoba" por Mariela Denise Antun y Sonia Elizabeth Cabral. "Justicia y pandemia: medidas implementadas en la justicia federal y provincial en el marco del COVID-19" por Adriana De Cicco, Ramón Agustín Ferrer Guillamondegui,Natalia Luna Jabase y Mauricio Zambiazzo. "La pandemia c 19 y el proceso judicial en Córdoba. Algunas reflexiones y las audiencias en el proceso penal" por Emilio Albarenga y Rodolfo Gaspar Lingua Rostagno. TEORÍAS DEL CONFLICTO Y DE LA DECISIÓN. MÉTODOS DERESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. "Pensando con Morin en tiempos de incertidumbre. La noción de sujeto y la organización de los conocimientos" por Elena Garcia Cima de Esteve y Noemi G. Tamashiro de Higa. "El derecho argentino frente a la pandemia: los aportes desde la teoría del conflicto y los rad" por Daniel Gay Barbosa. "Estragos vs. orden jurídico: consenso superador para la protección de los derechos" por María Cristina Di Pietro. "El aislamiento y la resolución de conflictos. Raúl Álvarez" por Sergio Cattaneo. "El rol de mediador. Del amor en los tiempos del coronavirus" por Carla Saad y Leonardo Colazo. DERECHO POLITICO. "Pandemia. Decretos de necesidad y urgencia y constitución" por Jorge Edmundo Barbará. "La reformulación estatal en un escenario de globalización y pandemia" por Carlos Juárez Centeno. ECONOMIA. "Resolución de la CIDH 1/2020 "pandemia y derechos humanos en las Américas". Una aproximación integral al documento emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA" por Daniel Gattás. EDUCACION Y PANDEMIA. "Educación y pandemia. Introducción" por Graciela Ríos. "La política y el derecho educacional argentinos en tiempos de pandemia" por Claudia Giacobbe y María Florencia Blanco Pighi. ""Educar" en pandemia el acceso a la educación digital vs la desigualdad en tiempos de pandemia" por Noelia Nieva, Rosa Carnero, Florencia Pereyra y Lucas Cajeao. "Digitalización e igualdad educativa. ¿un equilibrio inestable? Un análisis de los espacios virtuales, las TIC y su necesidad en la educación básica a partir de la experiencia de emergencia sanitaria y confinamiento social" por Matías Parmigiani y Paula Gastaldi. ETICA Y DERECHO. "La pandemia como remedio de la política" por Hugo Omar Seleme. SOCIOLOGIA JURIDICA. "Pandemia COVID-19. Biopolítica y estado de excepción" por Martha Díaz de Landa. ; Fil: Novak, Aldo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Ávila, Darío. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Foradori, María Laura. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Graupera, Soledad. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Tronca, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Tello Roldán, María Cecilia. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Villalba, María Eugenia. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: González, Candela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Javurek, Giselle. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Pesqueira Nozikovsky, M. Soledad. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. ; Fil: Frontera Villamil, Ernesto. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.