El derecho al olvido como garantía frente a situaciones de vulnerabilidad en la UE y España
In: Estudios Constitucionales
9 Ergebnisse
Sortierung:
In: Estudios Constitucionales
In: Construcción del Estado Social 18
In: Estudios de Deusto, Band 69, Heft 2, S. 353-365
ISSN: 2386-9062
Que cada persona está continuamente vigilada, perfilada y catalogada por el Estado (tanto en su sentido clásico como moderno) es una premisa que dejó hace muchos años de pertenecer únicamente a la ciencia ficción y ha pasado a ser una realidad insoslayable de nuestro tiempo, aunque evidentemente se ha visto acentuada en los últimos años. En efecto, vivimos en una era en la que existen no sólo los clásicos Estado-Nación, sino también los Estados digitales; de ahí denominaciones como Facebook Nation: si bien sus fronteras son difícilmente delimitables, con sus casi mil setecientos millones, hace de esta 'nación', el pueblo más grande del mundo y, si bien no tiene plena soberanía, tiene su propio sistema financiero, moneda, sistemas de resolución de conflictos, lo que queda plasmado en su 'constitución' auto-otorgada, a través de sus términos legales (Términos y Condiciones de uso), y como una suerte de primera potencia mundial, ha influido considerablemente en las percepciones, y en las decisiones personales, sociales, económicas y políticas a escala planetaria (Newton 2014).
Today's world is characterized by digital memory as a categorical principle and oblivion only as the anomalous default. This calls into question the principle that human dignity is the foundation and highest value of any democratic and constitutional order, guaranteeing the right of every person to freely define their identity and life plan. Fundamental rights, arranged under the umbrella of human dignity and freedom, require a certain power of control, a sort of autonomous and informational self-determination, especially in the context of information and digital technologies. The European stance has been to regulate the so-called right to be forgotten as a personal data control guarantee given the automatic profiling, compilation and decontextualized presentation that NICTs generate and make universally-accessible in the online world. Inresponse to the criticism that the European and Spanish regulation (2016 and 2018) have received, this article analyses, from a fundamental rights-based approach, the rationale behind the need for this mechanism to protect human dignity against the harmful resurrection that an instant click and a digitalonline memory produce. ; Nuestro mundo digital, basado en el recuerdo como principio categórico y elolvido como defecto anómalo, pone en tela de juicio el principio de que la dignidad humana es el fundamento y el valor superior de todo orden democráticoy constitucional, garantizando el derecho de toda persona a definir librementesu identidad y proyecto de vida. En tiempos digitales, los derechos más personalísimos,dispuestos bajo el paraguas de la dignidad y la libertad, requierenun cierto poder de control, una autodeterminación y autonomía informativas. La postura europea ha sido regular el conocido derecho al olvido ante la elaboraciónautomática de perfiles, la compilación y la presentación descontextualizada que las NTIC generan y hacen universalmente accesible en el mundo enlínea. Debido a las críticas de su regulación europea y española (2016-2018), elpresente artículo analiza, desde un enfoque basado en los derechos fundamentales,la justificación ontológica de este mecanismo de control, para protegerla dignidad humana contra la resurrección perjudicial que producen un clic instantáneo y una memoria digital.
BASE
In recent years, the notion of «constitutional identity» has become a popular political-constitutional resort as well as an indeterminate legal concept. It is difficult to try to define the enigmatic notion of «constitutional identity» and its scope of application. In view of the difficulties in arriving at a precise definition of constitutional identity and the absence of consensus among Academia, this article tries to provide a comprehensive definition through a series legal mechanisms for its identification and legal approximation. With this premise, the author analyses what constitutes national identity, in general, and attempts to define the Spanish and the European Union constitutional identity, in particular. In addition, the present paper attempts to address the challenges facing European integration as a result of the inherent conflict between the primacy of European Union Law and the counter-limit clause, enshrined in Article 4.2 TEU, relating to the obligation to respect its Member States» national identities. Finally, the author concludes with some self-reflections on the approach taken and proposes an active, constructive and continuous dialogue, driven by the European preliminary ruling procedure as a necessary and effective solution. Summary:I. Preliminary remarks and conceptual clarity: the nature of the EU and the notion of «constitutional identity» in the context of European integration; 1.1. EU nature, European integration and judicial challenges,1.2. Constitutional identity as an undefined concept; II. Methods of identifying constitutional identity and its materialization in Spain; 2.1. Constitutional preambles, 2.2. Hierarchy of constitutional provisions, 2.3. Unamendability clauses, 2.4. Membership requirements, 2.5. Constitutional interpretation; III. The «national identity of the Member States» in the light of the legal-jurisprudential arrangements and its role in the application of EU Law primacy; 3.1. Materialization of constitutional identity at the EU level, 3.2. The evolution of constitutional identity as a counterlimit to the primacy of EU Law; IV. Alternative approach to a potential European constitutional identity: beyond the «common constitutional traditions»; V. Final considerations vis-à-vis deviating constitutional identities: constructive judicial dialogue as the prevailing solution to the dialectic tension between European primacy vs. the respect of constitutional identities. ; En los últimos años, la noción de «identidad constitucional» se ha convertido en un recurso político-constitucional popular a la vez que en un concepto jurídico indeterminado. Resulta difícil tratar de definir la noción enigmática de «identidad constitucional» y su ámbito de aplicación, debido a la falta de consenso entre la doctrina académica, por lo que el presente artículo trata de proporcionar una definición amplia o integradora a través de una serie criterios e instrumentos para su identificación y aproximación jurídica. Con tal premisa, se efectúa un análisis de lo que constituye tanto la identidad constitucional nacional como europea, con especial interés en la identidad constitucional española y la de la Unión Europea. Además, el presente estudio trata de abordar los retos para la integración europea como resultado del conflicto inherente entre la primacía del Derecho de la Unión Europea y el contralímite que consagra en su artículo 4.2 TUE sobre el respeto a la identidad nacional de los Estados que la componen. Finalmente, la autora concluye con unas propuestas de mejora y acercamiento a los problemas planteados, a través de un dialogo activo, constructivo y continuado, impulsado por el procedimiento prejudicial europeo.
BASE
La Unión Europea ha experimentado un paulatino proceso de integración. Tras la realización de una integración económica, siguieron etapas posteriores de integración europea. El respeto hacia los derechos fundamentales, constituyó, desde sus inicios, un signo distintivo del proyecto de construcción europeo y la integración política se vio mayoritariamente realizada tras la reforma del Tratado de Lisboa (revisando los tratados constitutivos, así como incorporando la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea como parte del derecho originario y otorgándole una naturaleza jurídicamente vinculante); la integración jurídica se produjo poco después. En lo que a la digitalización y el derecho fundamental a la protección de datos concierne, la UE ha vivido un largo proceso de desarrollo normativo y jurisprudencial, conduciendo hacia una nueva etapa de integración:la integración digital. La presente comunicación acomete, por un lado, la tesis que hemos llamado europeización del Derecho Constitucional y la constitucionalización del Derecho de la UE en materia de protección de datos, y el análisis del mercado único digital como el punto de partida de una etapa emergente de integración europea ; The European Union has experienced a slow but sure process of integration. After the initial economic construction, other stages of integra tion followed. Respect for fundamental rights was, from the very start, one of the distinguishing marks of the European integration project, and after the Lisbon Treaty (amending the founding treaties and incorporating the Charter of Fundamental Rights of the European Union as part of primary law with legally binding character) political integration was mostly completed and the foundation for legal integration materialised. As regards digitalisation and the fundamental right to data protection (as enshrined in the CFREU), the EU has experienced a long process of normative and case - law development, leading into a new stage, this time, of digital integration. The present paper aims at presenting what we are calling the Europeanization of Constitutional Law and the Constitutionalization of EU Law in data protection matters while analysing the digital single market as the new starting point for a new stage of European integration
BASE
In: Estudios de Deusto, Band 65, Heft 2, S. 139-176
ISSN: 2386-9062
El presente trabajo aborda los nuevos desarrollos del derecho al olvido digital en el sistema jurídico de la Unión Europea a través de una temática de gran actualidad que, no obstante, ya es clásica: las libertades económicas como límite a derechos fundamentales, en este caso los reconocidos en los artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales en relación con el citado derecho al olvido. En efecto, si en el Asunto Google Spain SL, el TJUE dio carta de naturaleza al emergente derecho al olvido, estableciendo al tiempo una serie de límites para su ejercicio, la adopción del nuevo Reglamento Europeo General de Protección de Datos y de la Sentencia Manni hace necesario actualizar ese listado de límites. Desde esta perspectiva, el Asunto Manni constituye el núcleo del ensayo y se enfrenta a la conciliación de dos intereses en conflicto: el ejercicio del derecho al olvido digital y el derecho de información/ acceso (a través del principio de publicidad registral, extrapolado del principio de seguridad jurídica) por parte de terceros, para el correcto y armonizado ejercicio de las actividades mercantiles dentro del mercado interior europeo. La solución del TJUE se decanta por lo segundo, haciendo prevalecer el origen económico de la UE y su principal objetivo (el funcionamiento del mercado interior). En todo caso, el Asunto Manni presenta una gran relevancia para la dogmática de los derechos fundamentales en la jurisprudencia del TJUE bajo el ángulo de la técnica de la ponderación y la aplicación del principio de proporcionalidad. La autora del trabajo concluye que, si bien el enfoque del TJUE es técnicamente correcto, presenta ciertas debilidades que tendrá que depurar en el futuro, puesto que, entre el Asunto «estrella» Google Spain SL, que consagra el derecho emergente al olvido digital y el Asunto «estrella» Manni, que establece límites emergentes, surgen muchos matices que habrán de resolverse caso por caso.Recibido: 22 junio 2017Aceptado: 28 noviembre 2017Publicación en línea: 27 diciembre 2017
Las nuevas tecnologías generan amenazas y retos asociados a los derechos fundamentales, especialmente aquellos relativos a la vida privada. Una de estas amenazas, propia de la naturaleza del mundo digital, es la total ausencia de límites espacio-temporales, la cual genera una permanencia de datos potencialmente perjudiciales y universalmente accesibles en Internet. Como solución al problema se ha planteado reconocer y regular el omnipresente y controvertido "derecho al olvido", entendiéndolo como un derecho a borrar, ocultar e incluso cancelar los datos personales vinculados a hechos pasados que puedan afectar a la dignidad y el libre desarrollo de la persona. El presente artículo acomete el estudio de los recientes desarrollos normativos y jurisprudenciales relativos al reconocimiento y régimen jurídico del denominado derecho al olvido a tres niveles (CdE-UE-España) desde una perspectiva constitucional, dentro del marco jurídico de la protección de datos en Europa, así como de los retos futuros a los que se enfrentará. ; Emerging technologies pose new threats and challenges associated with fundamental rights, in particular the right to privacy. One of these threats, specific to the nature of the digital realm, is the total absence of temporal and spatial limits, which reinforces the indelible nature of potentially harmful and universally accessible online data. As a solution to the aforementioned problem, the possibility of recognising and regulating the controversial "right to be forgotten" was envisaged and carried out, understanding said right as the right to delete, hide or even cancel personal data linked to past events that may affect the dignity or the free personal development of the personality. This article focuses on the study of both recent normative and case-law developments regarding the recognition and legal paradigm of the so-called right to oblivion or right to be forgotten, through a three-level analysis (CoE, EU, Spain) from a Constitutional Law perspective, within the data protection policy ...
BASE